Defendiendo el salario contra el patrón

Como patrón, es importante que conozcas los límites que no debes sobrepasar y los excesos por los que puedes ser demandado, generando un problema, multa o sanción a tu empresa. Con respecto a eso, en este artículo trataremos todo lo relacionado con la defensa del salario contra el patrón.

¿Qué es la defensa del salario contra el patrón?

La defensa del salario contra el patrón consiste en una especie de demanda que los trabajadores de tu empresa, tienen la posibilidad de hacer, siempre y cuando sientan –y justifiquen legalmente– un abuso de tu parte, con respecto a su salario.

En este sentido, tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como en la Ley Federal del Trabajo se encuentran una serie de disposiciones que tienen como finalidad proteger a los empleados de cualquier abuso por parte del patrón y con respecto al salario percibido por el préstamo de un servicio y labor.

¿Cuáles son los casos de defensa de salario contra el patrón?

Directamente, entrando en materia, los casos de defensa de salario contra el patrón pueden ser de cinco índoles y aquí explicaremos cada una de ellas.

  • Tienda de rayas.
  • Lugar de pago.
  • Imposición de multas.
  • Descuentos de salario.
  • Reducción de salario.

Imposición de tienda de rayas

Este caso, hace referencia, a cuando el patrón determina y obliga a los empleados a comprar en algún lugar o tienda en específico. En este sentido, los patrones tienen totalmente prohibido intentar persuadir u obligar a los trabajadores a adquirir productos, bienes o servicios determinados, que él imponga. Según las leyes, cada persona tiene el derecho a elegir el lugar o producto que más le conviene, de acuerdo a sus necesidades.

Lugar de pago del salario

El lugar en donde se paga el salario nunca debe ser modificado. Es decir, el patrón debe remunerar y cancelar los salarios a sus trabajadores en el núcleo de su empresa; tiene completamente prohibido establecer lugares fuera de la infraestructura en donde cada persona labora. Igualmente, tiene la obligación de realizar el pago en el transcurso o al finalizar la jornada laboral.  Asimismo, el patrón tiene prohibido realizar los pagos en lugares ajenos, pero especialmente, en bares donde se promueva la venta de bebidas embriagantes, juegos de azar o asignación.

Prohibición de imponer multas

Cuando el empleado cometa una falla o un error, el patrón debe buscar un mecanismo que impida la repetición del hecho y para esto, existen las actas laborales. Sin embargo, tiene completamente prohibida la aplicación de multas o sanciones. Esto, es lo que establece la ley 107 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

De acuerdo a la falla y su gravedad, pueden tomarse otras medidas. En la Ley Federal del Trabajo, también se encuentran las posibles causas de rescisión laboral sin responsabilidad para el patrón y en caso de estar acorde con la situación, puede recurrirse a eso.

Prohibición de descuentos en el salario

A diferencia de lo que sucede con las multas o sanciones, el patrón si puede realizar descuentos en el salario de su trabajador. El detalle se encuentra en la causa del descuento; para poder efectuar el descuento sin inconvenientes, debe estar contemplado e incluirse en lo que establece el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo.

Los descuentos salariales sí se encuentran permitidos en los siguientes casos:

  • Cuando el trabajador ha pedido un anticipo de salario y ha quedado en deuda con el patrón.
  • Cuando el trabajador ha causado un daño o avería en determinados artículos de la empresa.
  • Cuando es el pago de la renta.
  • Cuando el descuento responde a los abonos para la adquisición de un hogar, mediante la intervención del Fondo nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
  • Cuando el descuento sea para cubrir cuotas concernientes a la caja de ahorro o a otro tipo de sociedades (siempre y cuando los trabajadores hayan expresado y manifestado claramente, su deseo de participar; además de estar de acuerdo en el descuento de su salario).
  • Cuando el descuento sea destinado al pago de pensiones alimenticias.

Estos descuentos no deben ser superiores a un mes de salario mínimo (en los dos primeros casos): ni mayor al 15% (en el tercer caso), ni mayor al 1% (en el cuarto caso). A pesar del tiempo que los trabajadores tarden en cancelar la deuda, no genera intereses. Por lo tanto, en caso de aplicar un descuento de su salario, debe ser por el monto prestado y exacto.

Prohibición de reducción de salarios

En último lugar, la prohibición de reducción de salarios responde a lo previamente establecido en el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo. De hecho, esta es una de las peores fallas que puede cometer un patrón y en el artículo previamente mencionado, se establece que este hecho será causa de rescisión laboral, sin responsabilidad para el trabajador; por el contrario, el patrón deberá hacerse responsable de la multa que le asigne el tribunal encargado de llevar a juicio el caso.

Una única excepción con respecto a la reducción  de los salarios consiste en que también se reduzca la jornada laboral (por motivos educacionales), y sea previamente informado por parte del empleado.

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