Seguro de daños a la propiedad

Tabla de contenidos

  1. ¿En qué consiste el Seguro de daños a la propiedad?
  2. ¿Los sismos y los robos están incluidos en el Seguro de daños a la propiedad?
  3. ¿Qué es lo que no cubre el Seguro de daños a la propiedad?
  4. ¿Cómo puedo ampliar el Seguro de daños a la propiedad para que cubra  los bienes muebles de la empresa?

El Seguro de Daños a la propiedad es una de las más básicas que todo negocio debe tener, debido al riesgo al que está expuesto el activo fijo de la empresa.

¿En qué consiste el Seguro de daños a la propiedad?

Esta cobertura refiere a la suma asegurada que pagará la aseguradora a la empresa por cualquier daño causado al edificio y/o instalaciones y lo que está dentro de ella, por diversas causas como incendios, inundaciones, tormentas eléctricas, erupciones volcánicas, huracán, granizo, etc. estipuladas en las condiciones generales del Seguro.

Básicamente protege la construcción material principal y adicionales como muros y sus instalaciones internas fijas de agua, gas, electricidad, etc. que formen parte del edificio en el domicilio asegurado.

¿Los sismos y los robos están incluidos en el Seguro de daños a la propiedad?

Cada compañía aseguradora establece en sus Términos y Condiciones de la cobertura, las causas de siniestro por las que pagará la suma asegurada en caso de daños a la propiedad de la empresa. Por ejemplo, si es una zona de sismos, donde los terremotos ocurren frecuentemente pues, seguramente, la cobertura por este riesgo será de manera adicional a la protección básica de daños a la propiedad. Porque la probabilidad de ocurrencia de este siniestro es mayor que las otras causas de daños.

Otro ejemplo muy claro ocurre en la Ciudad de México, donde la inseguridad ha golpeado ampliamente a los comercios. De acuerdo con la Cámara de Comercio Servicios y Turismo en Pequeño (Canacope), en 2016, el 66% de los comerciantes fueron víctima de la delincuencia, esto incluye robos a comercios, secuestros, extorsiones, etc. En consecuencia, el seguro por robo a comercios se podrá contratar de manera individual y adicional, por la gran probabilidad de ocurrencia. Además, el costo de esta cobertura dependerá de la zona, si es una zona de alto riesgo, esto quiere decir que, si la frecuencia de robos es alta, pues la prima será mayor.

¿Qué es lo que no cubre el Seguro de daños a la propiedad?

Vamos a ver los que servicios cubre y cuáles no a través del siguiente ejemplo:

Si un incendio ocurre en la empresa, el fin de semana en la empresa, pues seguramente consumirá todos los muebles, equipo de cómputo, piso e instalaciones fijas como tomas de electricidad, de agua, muros internos y externos, escaleras, entre otros.

  • Lo que cubre: La aseguradora pagará a la empresa, en caso de incendio, por cualquier daño causado al edificio y/o instalaciones y lo que está dentro de ella. Solo pagará por la construcción del edificio o local, incluye piso y techo, y cualquier modificación o adición a la construcción que el patrón haya efectuado como adición de muros de tablaroca, bardas, paneles solares, escaleras exteriores que hayan sido afectadas por el incendio. Asimismo, la aseguradora pagará por los daños a sus instalaciones internas fijas de agua, gas, electricidad, de ventilación, calefacción, refrigeración, etc. que formen parte del edificio o local del domicilio de la empresa asegurada.
  • Lo que no cubre: Esta cobertura no cubre los bienes muebles, como el equipo de cómputo, telefonía fija, archiveros, gavetas, escritorios, sillas, máquinas de fotocopiado, maquinaria, herramientas, mercancías ni la producción que estén dentro del edificio o local de la empresa al momento del incendio y que hayan sido dañados por éste.

¿Cómo puedo ampliar el Seguro de daños a la propiedad para que cubra  los bienes muebles de la empresa?

Para tener una mayor cobertura será necesario contratar otro seguro complementario que se llama Bienes cubiertos. El seguro de Bienes cubiertos amplía la cobertura contra daños a la propiedad, abarcando los bienes muebles que se encuentran al interior de la empresa cuando ocurre el siniestro.

  • Lo que cubre: Los bienes cubiertos deben ser congruentes con el giro del negocio como son: los muebles, materiales, herramientas, equipo de cómputo, telefonía fija, maquinaria, mercancías y productos terminados que se encuentran dentro del edificio asegurado.
  • Lo que no cubre: Lo que no cubre el Seguro de Bienes cubiertos son los cristales o espejos, ni dinero en efectivo o cualquier documento de valor como cheques, pagarés, etc. que se encuentren dentro del edificio al momento del siniestro.

¡Que importante es la prevención de riesgos en una empresa! Si llegara a ocurrir el siniestro, obtendremos un monto de dinero por parte de la aseguradora en función de los daños a la propiedad y bienes de la empresa, lo cual será de utilidad para reparar los daños y continuar con las actividades de la empresa.

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