Tabla de contenidos
- ¿Qué es el Fondo de Solidaridad Pensional?
- ¿Cuál es el objetivo del Fondo de Solidaridad Pensional?
- ¿Cómo funciona el Fondo de Solidaridad Pensional?
- ¿Qué beneficios brinda el Fondo de Solidaridad Pensional?
- ¿Cuándo se aplica el Fondo de Solidaridad?
- ¿Quiénes pueden ser beneficiarios del Fondo de Solidaridad Pensional?
- ¿Cuáles son los requisitos para el Fondo de Solidaridad Pensional?
- ¿Cómo se realizan los aportes al Fondo de Solidaridad Pensional?
- ¿Quién debe pagar el Fondo de Solidaridad Pensional?
- ¿Cuál es el papel de los recursos humanos frente al Fondo de Solidaridad Pensional?
El Fondo de Solidaridad Pensional (FSP) es una herramienta poco visible en las conversaciones de pasillo, pero decisiva para sostener la red de protección social que cubre a millones de colombianos de bajos ingresos. Creado para complementar el régimen pensional, el FSP redistribuye una fracción de los aportes de los cotizantes con mayores salarios y del presupuesto nacional hacia personas que, por razones de informalidad, discapacidad o pobreza extrema, no logran cumplir los requisitos de pensión mínima. Entender su alcance es clave para los CEO que calculan la carga laboral total y para los equipos de recursos humanos que diseñan políticas de bienestar alineadas con la normativa.
¿Qué es el Fondo de Solidaridad Pensional?
El FSP es un fondo de cuenta sin personería jurídica, adscrito al Ministerio del Trabajo, cuyos recursos se destinan a subsidiar cotizaciones pensionales de trabajadores informales y a otorgar auxilios económicos a adultos mayores sin ingresos. Opera con dos subcuentas: la de Solidaridad, que cofinancia aportes al Sistema General de Pensiones; y la de Subsistencia, que paga el programa Colombia Mayor. En ambos casos, la lógica es compensar brechas laborales e históricas, garantizando un mínimo de dignidad económica en la vejez.
Subcuenta de solidaridad
Cubre entre 20 % y 70 % del aporte mensual a cotizantes clasificados en niveles 1 y 2 del Sisbén, facilitando su vinculación al régimen contributivo.
Subcuenta de subsistencia
Entrega un subsidio bimestral a adultos mayores sin acceso a pensión, financiando alimentación y gastos básicos, con montos que varían por región.
- Los recursos provienen de cotizantes con salarios > 4 SMMLV y aportes del Presupuesto General.
- Prioridad para víctimas del conflicto y personas con discapacidad.
- Control fiscal a cargo de la Contraloría General.
¿Cuál es el objetivo del Fondo de Solidaridad Pensional?
Su objetivo principal es reducir la pobreza y la desigualdad en la tercera edad mediante la cobertura de pensión o un ingreso solidario. Esto se traduce en aliviar la carga de los hijos cuidadores, dinamizar economías locales y aumentar la cohesión social. Al mismo tiempo, incentiva la formalización, pues los subsidios de la subcuenta de Solidaridad exigen una porción de aporte individual, creando un puente entre la informalidad y el sistema contributivo.
Reducción de brechas
El FSP evita que la vejez se convierta en sinónimo de dependencia extrema, especialmente en zonas rurales donde el empleo formal es escaso.
Estímulo a la formalización
Quien recibe cofinanciación debe aportar el excedente, lo que motiva a inscribirse y permanecer en la seguridad social.
- Mejora la calidad de vida de 1,7 millones de adultos mayores.
- Complementa metas de desarrollo social y económico.
- Fomenta la corresponsabilidad entre Estado, empresa y trabajador.
¿Cómo funciona el Fondo de Solidaridad Pensional?
El fondo se financia con un aporte adicional sobre salarios superiores a 4 SMMLV: 1 % para ingresos entre 4 y 16 SMMLV; y de 1,5 % a 2 % para rangos más altos. La Unidad de Pensiones y Parafiscales (UGPP) recauda, Fiduprevisora administra y el Ministerio define cupos y priorización. Los subsidios se adjudican mediante convocatorias municipales, con criterios de edad, puntaje Sisbén y vulnerabilidad. En la subcuenta de Solidaridad se abre una “bolsa” a nombre del beneficiario y se giran los aportes a Colpensiones o al fondo privado seleccionado.
Flujo de recursos
Los aportes llegan al Tesoro Nacional, se transfieren a la fiducia y se desembolsan según listados certificados por alcaldías y cajas de compensación.
Supervisión y control
La SuperFinanciera y la Contraloría auditan el manejo fiduciario, mientras el Ministerio publica informes semestrales de cobertura y ejecución.
- Plataforma e-FSP para seguimiento ciudadano.
- Cruce de bases de datos con Sisbén y PILA.
- Sanciones a administradoras que retrasen giros.
¿Qué beneficios brinda el Fondo de Solidaridad Pensional?
El mayor beneficio es la protección mínima para personas que, de otro modo, enfrentarían indigencia. Además, mejora indicadores de salud pública, porque los adultos mayores con ingreso estable acceden a alimentación y medicamentos. En el frente empresarial, el fondo estabiliza la demanda interna: los subsidios se consumen en economías locales, favoreciendo a microempresas y comercio.
Bienestar y dignidad
El programa Colombia Mayor entrega un subsidio que, aunque modesto, evita la mendicidad y promueve inclusión social.
Apoyo al cotizante vulnerable
La subcuenta de Solidaridad ayuda a jornaleros, vendedores informales y trabajadoras domésticas a completar semanas de cotización para acceder a pensión.
- Reduce la carga asistencial sobre familias y alcaldías.
- Disminuye la desigualdad regional en cobertura pensional.
- Refuerza la seguridad financiera de mujeres mayores, grupo altamente vulnerable.
¿Cuándo se aplica el Fondo de Solidaridad?
Se aplica cuando el trabajador o adulto mayor cumple los criterios de ingreso vigentes: nivel 1 o 2 del Sisbén, edad mínima (57 mujeres, 62 hombres para subsidio a la cotización; 3 años menos para grupos especiales) o 59/65 años para Colombia Mayor. También se activa cuando el salario del cotizante supera 4 SMMLV, generando aportes obligatorios.
Momento de cotización adicional
En cada liquidación de nómina, el sistema PILA calcula el aporte extra a cargo del trabajador y lo transfiere a la fiducia.
Momento de acceso al subsidio
La alcaldía convoca y prioriza beneficiarios; una vez aprobados, el subsidio comienza a girarse en los ciclos bimestrales.
- Actualización anual del Sisbén determina permanencia.
- Suspensión si se detectan ingresos superiores al umbral.
- Prioridad para personas en condición de discapacidad certificada.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios del Fondo de Solidaridad Pensional?
Los beneficiarios potenciales incluyen: trabajadores informales de bajos ingresos, personas con discapacidad severa, víctimas del conflicto armado y adultos mayores en pobreza extrema. Para la subcuenta de Solidaridad, se exige capacidad de aportar una fracción. Para Colombia Mayor, se prioriza edad avanzada y vulnerabilidad socioeconómica.
Población informal
Vendedores ambulantes, conductores de transporte rural, agricultores de subsistencia y empleadas domésticas que no alcancen a cubrir la totalidad del aporte legal.
Población en situación de calle o abandono
Adultos mayores sin red familiar ni ingresos regulares reciben un auxilio monetario que evita la indigencia total.
- Mujeres cabeza de familia con Sisbén 1 y edad mínima.
- Desplazados que no consolidaron semanas de cotización.
- Personas con enfermedades catastróficas que agotaron el ahorro.
¿Cuáles son los requisitos para el Fondo de Solidaridad Pensional?
Para subsidio a la cotización: pertenecer a Sisbén 1 o 2, aportar la fracción correspondiente (entre 10 % y 80 % del total), no ser beneficiario de otra ayuda pensional y no devengar más de 2 SMMLV. Para Colombia Mayor: cumplir edad, residir en Colombia mínimo 10 años y no recibir pensión ni renta superior a medio salario mínimo.
Documentación básica
Cédula, certificado Sisbén, comprobantes de aporte propio y, en caso de discapacidad, historia clínica certificada.
Proceso de inscripción
Se realiza en la alcaldía o la caja de compensación, donde se radica formulario único y se espera verificación y aprobación del Ministerio.
- Actualización bianual de datos para conservar el beneficio.
- Declaración juramentada de no recibir otros subsidios.
- Inclusión automática en lista de priorización nacional.
¿Cómo se realizan los aportes al Fondo de Solidaridad Pensional?
Para salarios > 4 SMMLV, el empleador descuenta al trabajador el porcentaje adicional y lo paga junto con las cotizaciones ordinarias a través de la planilla PILA, código tipo 22. Si el salario supera 16 SMMLV, la tarifa progresiva recae en el trabajador; la empresa solo gestiona el recaudo. Los independientes liquidan su aporte adicional cuando declaran ingresos en la planilla E.
Flujo en nómina
El software calcula automáticamente la tarifa según el rango salarial y envía los recursos al FSP mediante el operador de información.
Fiscalización
La UGPP cruza bases de datos para verificar que quienes superan el umbral efectivamente aporten; las omisiones generan sanciones e intereses.
- Periodicidad mensual cohesiva con demás aportes.
- Identificador único de pago para trazabilidad.
- Recaudo administrado por Fiduprevisora.
¿Quién debe pagar el Fondo de Solidaridad Pensional?
El pago recae exclusivamente en el trabajador cuyo salario supera los 4 SMMLV, independiente de si es del sector público o privado. El empleador actúa como agente retenedor. En el caso de servidores públicos de régimen especial, aplica igual regla. Los pensionados que reciben mesadas altas también están sujetos a aportes solidarios a salud, no al FSP; la distinción es crucial para evitar errores de nómina.
Trabajadores dependientes
Aporte descontado por el empleador y girado mensualmente; si existe salario integral, la base se calcula sobre el 70 %.
Trabajadores independientes
Autoliquidan y pagan su aporte adicional junto con salud y pensión.
- Exentos: Quienes devengan < 4 SMMLV.
- Tarifas progresivas para equidad vertical.
- Deducción es personal, no compartida por la empresa.
¿Cuál es el papel de los recursos humanos frente al Fondo de Solidaridad Pensional?
El área de recursos humanos asegura la correcta parametrización de las tarifas en la nómina, orienta a los trabajadores sobre la destinación social de su aporte y mantiene los soportes requeridos por la UGPP. También colabora con bienestar y responsabilidad social para promover campañas de afiliación al subsidio a la cotización entre empleados de servicios tercerizados que cumplan requisitos. Por otro lado, captura casos de adultos mayores en condición de pobreza entre familiares de empleados y canaliza la inscripción a Colombia Mayor, reforzando la cultura de solidaridad.
Cumplimiento y control
Implementa auditorías internas semestrales que revisan salarios, registros PILA y recibos de pago, reduciendo riesgo de sanciones y glosas.
Educación y cultura
Desarrolla contenidos sobre previsión y ahorro para que los colaboradores comprendan la importancia del mecanismo y participen activamente en su sostenibilidad.
- Interfaz con contabilidad para conciliaciones.
- Actualización de empleados ante cambios de salario que cruzan el umbral.
- Reporte de novedades a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la UGPP.
El Fondo de Solidaridad Pensional representa el compromiso colectivo de garantizar una vejez digna a quienes no lograron consolidar su pensión. Para las empresas, cumplir y difundir su funcionamiento no solo mitiga riesgos fiscales, sino que fortalece la cultura de responsabilidad social y mejora la imagen corporativa. Al integrar controles sólidos y programas de educación financiera, la función de recursos humanos convierte un requisito legal en un motor de cohesión y confianza entre la organización y la sociedad.