Anualmente, las empresas están obligadas a presentar un informe sobre su proceso de nómina. Si se está dado de alta ante el SAT como alguien que paga los conceptos de sueldos o salarios, es necesario declarar estos movimientos al término del ejercicio fiscal.
Para facilitar este proceso, el SAT desarrolló un programa sencillo que permite realizar estos registros en línea, llamado Programa Electrónico DIM. Si trabajas con temas fiscales, seguro has oído hablar de la DIM. Y si no, ya es hora. Porque aunque no todos tienen que presentarla, si te toca y se te pasa, puedes meterte en líos.
Pero ojo, no es lo mismo que la declaración anual que todos conocemos. La DIM está pensada para ciertos contribuyentes, en especial si manejan fideicomisos, operaciones con partes relacionadas o pagos al extranjero. Y la ventaja es clara: puedes presentar varias declaraciones en un solo envío. Menos vueltas. Más claridad.
Aquí te explicamos de forma sencilla quiénes deben presentarla, cómo funciona y los puntos que debes tener bien en cuenta para cumplir con esta obligación sin estrés.
¿Qué es la DIM?
La DIM (Declaración Informativa Múltiple) es un trámite que te permite agrupar varios reportes fiscales en uno solo. En vez de hacer varios envíos, con la DIM puedes declarar al SAT lo siguiente:
- Impuestos retenidos como ISR, IVA o IEPS
- Pagos realizados a personas físicas o morales en el extranjero
- Operaciones con partes relacionadas que no viven en México
- Movimientos hechos por medio de fideicomisos
Todo esto en un solo archivo. Y eso no solo te ahorra tiempo, también ayuda a que todo quede más claro y ordenado para ti y para la autoridad. Así que si tienes que reportar este tipo de operaciones, la DIM es el camino directo para hacerlo bien.
¿Quiénes presentan esta Declaración Informativa Múltiple?
No todos tienen que presentar la DIM. Y eso ya es una buena noticia. Este trámite va dirigido a la persona física y persona moral que manejan operaciones por medio de fideicomisos, o bien, que están metidas en actividades empresariales y hacen pagos o retenciones que deben reportarse.
También entra aquí quien actúe como fideicomitente o fideicomisario. Y si se trata de pagos hacia el extranjero o relaciones con empresas foráneas, la DIM es tu canal para dejar todo bien documentado. Así que si tu empresa entra en estos perfiles, toca presentarla cada año sin falta. Mejor prevenir que andar aclarando después con el SAT.
¿Qué clase de información es requerida en las DIM?
La declaración cuenta con diferentes anexos que deberán rellenarse según el tipo de registro y actividad que se desempeñe. Estos son los 10 anexos que las conforman:
| FORMATO | PERSONAS QUE DEBEN PRESENTARLO |
Anexo 1:Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para el empleo. |
Persona física y persona moral que efectúe pagos por concepto de sueldos y salarios, y conceptos asimilados; quienes hagan pagos a trabajadores por concepto de subsidio para el empleo. |
Anexo 2:Información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS. |
Personas físicas y morales, que efectúen pagos y retenciones del ISR, IVA o IEPS por los conceptos como prestación de servicios profesionales, arrendamiento de inmuebles, etc. |
Anexo 3:Información de contribuyentes que otorguen donativos. |
Personas físicas y morales con actividades empresariales y profesionales que hayan otorgado donativos. |
Anexo 4:Información sobre residentes en el extranjero. |
Personas físicas y morales con actividades empresariales y profesionales que efectúen pagos y retenciones a personas físicas o morales residentes en el extranjero. |
Anexo 5:De los regímenes fiscales preferentes. |
Personas físicas y morales que hayan realizado inversiones o las mantengan en territorios con regímenes fiscales preferentes. |
Anexo 6:Empresas integradoras. Información de sus integradas. |
Personas morales integradoras sobre información de las operaciones realizadas en el ejercicio inmediato anterior por cuenta de sus integradas. |
Anexo 7:Régimen de pequeños contribuyentes. |
Personas físicas con ingresos por actividad empresarial, quienes únicamente enajenen bienes o presten servicios. |
Anexo 8:Información sobre impuesto al valor agregado. |
Se encuentra derogado. |
Anexo 9:Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero. |
Personas morales y físicas con actividades empresariales y profesionales que realicen operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero. |
Anexo 10:Operaciones efectuadas a través de fideicomisos. |
Instituciones fiduciarias por los pagos mensuales y deducciones de las personas a las que les correspondan rendimientos. |
Por último, hay algunas consideraciones que conviene tener presentes al momento de presentar las Declaraciones Anuales Informativas:
- Deben enviarse dentro de los plazos establecidos por el SAT en cada ejercicio fiscal vigente. En 2026, estos plazos siguen siendo obligatorios y su incumplimiento puede generar multas o actualizaciones en los montos a pagar.
- El RFC de la persona que realiza las retenciones debe coincidir en todos los formatos. Cualquier diferencia en este dato puede provocar inconsistencias o rechazos en la información presentada.
- Si la empresa opera con varias sucursales, se debe registrar únicamente la dirección fiscal correspondiente al contribuyente que actúa como retenedor.(visita nuestra calculadora RFC).
- En caso de que exista algún cambio en el RFC, es importante validar que todas las constancias se emitan con la clave vigente, ya que esto impacta directamente en la correcta identificación fiscal ante la autoridad
¿Cuándo se presenta la Declaración Informativa Múltiple?
La fecha no es opcional. La DIM se entrega como máximo el 15 de febrero de cada año. Ese día es la línea final para declarar todo lo correspondiente al ejercicio fiscal anterior. Ahora bien, si en tu declaración metes operaciones con partes relacionadas en el extranjero, entonces respira tranquilo: tienes hasta el 15 de mayo para entregarla. Solo que no te confíes. Mientras más pronto la tengas lista, menos estrés y mejor para tu historial con el SAT.
¿Dónde se presenta la Declaración Informativa Múltiple?
Tienes dos caminos. Si tu archivo tiene menos de 40 mil registros, puedes subirlo directo en el portal del SAT. Solo necesitas descargar el programa DIM, llenarlo con tus datos y generar el archivo .dec. Una vez listo, lo mandas desde la misma plataforma sin moverte de tu silla.
¿Pero qué pasa si tienes más de 40 mil registros? Entonces sí o sí te toca ir presencialmente a una oficina del SAT. Llevas tu información en USB y ellos te ayudan con el proceso. No te preocupes, no piden cita para eso, pero lleva café porque puede tardar.
Anexos que ya no son necesarios en la DIM y anexos que siguen siendo obligatorios
Antes, la DIM era como ese cajón donde metías todo lo que no sabías dónde poner. Pero con la llegada de los CFDI, muchas cosas se automatizaron. Y gracias a eso, el SAT ya no necesita que le repitas lo que ya puede ver por sí solo. Los anexos que ya no se usan son:
- Anexo 1: Sueldos y salarios, subsidios y similares
- Anexo 3: Donativos
- Anexo 5: Ingresos por REFIPRE
- Anexo 6: Empresas integradoras
- Anexo 7: REPECOS
- Anexo 8: IVA
Pero no cantes victoria todavía. Todavía hay anexos que siguen más vivos que nunca:
- Anexo 2: Pagos y retenciones de ISR, IVA o IEPS
- Anexo 4: Pagos a residentes en el extranjero
- Anexo 9: Operaciones con partes relacionadas en el extranjero
- Anexo 10: Operaciones con fideicomisos
Así que si estás en alguno de esos casos, ve calentando el teclado. La DIM sigue siendo obligatoria, aunque menos pesada que antes.
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