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Home » Case Studies » Aspectos legales » Las percepciones según la Ley Federal del Trabajo
El trabajo está respaldado por un conjunto de leyes, y a su vez las leyes componen la Ley Federal del trabajo (LFT). La LFT es un instrumento legislativo que se encarga de dictar los derechos y obligaciones de ambas partes, para que empleador y empleado puedan estar protegidos bajo las normas de la ley, y con esto puedan desempeñar la actividad laboral de la mejor manera posible ambas partes. Esta legislación establece lineamientos mínimos para los beneficios que el patrón debe otorgar al empleado por la prestación de un servicio personal subordinado, es decir, lo mínimo que le debe de dar por el trabajo que este realiza. De igual manera, los lineamientos dictan cómo se deben calcular estos beneficios para cada individuo que desempeña una actividad dentro de la empresa. Al momento de calcular la nómina, se pueden liquidar tanto las prestaciones mencionadas previamente y algunas otras que no se encuentran tipificadas dentro de la LFT. Al conjunto de ambas partes se les denomina percepciones.
La percepción es cualquier cantidad, ya sea en efectivo o en especie, que el trabajador recibe por parte del patrón. Esto es independiente de la causa que genere el pago, pero siempre se tiene que especificar dentro del recibo de nómina.
En este artículo sólo veremos aquellas contenidas dentro de la Ley Federal Trabajo:
Es la extensión de la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias. Sus reglas en la LFT:
Prima adicional del 25% por lo menos, cuando los trabajadores presten servicio en domingo de forma habitual. Esto debido a que el legislador al momento de redactar la Ley, indicó que se debe procurar que el descanso semanal del trabajador, sea este día de la semana. Su fórmula es (Prima dominical = Salario diario * 0.25). Ejemplo, en un salario de $100.00 la prima dominical = $100.00 * 0.25 = $25.00 por cada domingo laborado.
Nota: para los trabajadores que de forma extraordinaria prestan su servicio en domingo, el patrón no está obligado al pago de esta prima dominical. .
Cuando el trabajador presta sus servicios en su día de descanso, se paga un salario doble. Fórmula (descanso laborado = Salario diario * 2). En un salario de $100.00, el descanso laborado = $100*2 * $200.00
Cuando el trabajador presta sus servicios en un día de descanso obligatorio por ley (días festivos), se paga un salario doble. Fórmula (festivo laborado = Salario diario * 2). Suele pagarse también como descanso laborado por su forma de cálculo. En un salario de $100.00, el festivo laborado = $100*2 * $200.00
Estos son días de descanso para el trabajador con goce de salario de acuerdo a su antigüedad. Su fórmula (Vacaciones = Salario diario * días de vacaciones). Ejemplo: Juan Pérez toma 6 días de vacaciones y su salario es de $100.00, el importe de vacaciones = $100.00 *6 = $600.00.
Esta es la cantidad a pagar para los trabajadores cuando gozan de sus vacaciones. Como mínimo debe ser el 25% adicional sobre los salarios que corresponden durante el período vacacional. Su fórmula (Prima Vacacional = Salario diario * días de vacaciones*0.25). Ejemplo: continuando con los datos del punto 5, la prima vacacional = $100.00 * 6 * 0.25 = $150.00
Es la cantidad mínima que puede recibir un trabajador por sus servicios prestados en una jornada de trabajo. Sus importes para 2020 (zona geográfica general: $123.22 y zona Libre de la Frontera Norte: $185.56).
Es el pago de 3 meses por despido injustificado. Su fórmula (Salario diario integrado * 90). Ejemplo: en un salario integrado de 104.52, la indemnización 3 meses = 104.52 * 90 = $9,406.80.
Se presenta cuando se niega la reinstalación del trabajador por despido (normalmente por decisión de un juez durante un juicio). Su fórmula (Indemnización 20 días = antigüedad en años * 20 * salario diario integrado).
Gratificación que se entrega a los trabajadores por ley antes del 20 de diciembre de cada año. Se debe pagar como mínimo 15 días o la parte proporcional del tiempo trabajado durante el año (considerando desde el 1 de enero al 31 de diciembre). Su fórmula (Aguinaldo = 15 días * Salario diario). Ejemplo, Juan Vega quien trabaja desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, con un salario de $100.00; aguinaldo = 15 días * $100.00 = $1,500.00.
Si los resultados de la empresa arrojan utilidad en el ejercicio fiscal del año anterior, entonces se les deberá pagar a los empleados un porcentaje de esta según lo determina la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
El pago de la PTU, se deberá efectuar dentro de los 2 meses siguientes a la fecha en que se presenta la declaración anual de personas morales. Lo común es que su límite se extienda hasta el 31 mayo de cada año.
Consiste en el pago de 12 días por cada año de servicio cuando los trabajadores se separen del empleo por las siguientes causas:
Ejemplo: Pedro López renuncia a la empresa con una antigüedad de 16 años, con un salario diario de $345.00. El importe de su prima de antigüedad se determina de la siguiente manera:
Una comisión es una prima (porcentaje normalmente) que se paga al trabajador sobre el valor de la mercancía vendida o colocada. Generalmente, el patrón tiene un tabulador donde las comisiones por venta son crecientes a medida que el empleado vende más. El objetivo de ello es otorgar incentivos a los empleados para incrementar su productividad y los resultados del negocio.
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