El Reglamento Interior de Trabajo (RIT) establece las reglas que deben observar la empresa y las personas trabajadoras durante el desarrollo de sus actividades. Sirve para ordenar aspectos como horarios, descansos, seguridad, permisos y medidas disciplinarias conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT).
En México, los artículos 422 al 425 de la LFT regulan su contenido, formación, depósito y efectos, pero no establecen una obligación general basada en un número mínimo de personas trabajadoras. Para Recursos Humanos y la dirección, es importante distinguir entre las materias que legalmente corresponden al RIT y aquellas que deben gestionarse mediante políticas, procedimientos u otros documentos internos.
A continuación, se explica qué debe contener el Reglamento Interior de Trabajo, para qué sirve y cómo se formaliza en México.
Actualizado conforme a la Ley Federal del Trabajo vigente en 2026. La versión oficial consultada registra como última reforma la publicada el 14 de mayo de 2026.
¿Qué es el Reglamento Interior de Trabajo según la LFT?
El Reglamento Interior de Trabajo (RIT) es el conjunto de disposiciones obligatorias para las personas trabajadoras y empleadoras durante el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento. Esta definición se encuentra en el artículo 422 de la LFT. El mismo artículo aclara que las normas de orden técnico y administrativo que la empresa establece directamente para ejecutar el trabajo no forman parte del RIT.
Cada reglamento puede responder a las características de la organización, pero sus disposiciones no pueden contradecir la LFT, sus reglamentos ni los contratos colectivos o contratos-ley que resulten aplicables. Por ello, el RIT no debe confundirse con un manual de procedimientos, un código de conducta, un organigrama o las políticas administrativas de la empresa. Aunque estos documentos pueden complementarse entre sí, cumplen funciones distintas.
¿Es obligatorio tener un Reglamento Interior de Trabajo?
Los artículos 422 al 425 de la LFT no establecen una obligación general de contar con un Reglamento Interior de Trabajo en función del número de personas trabajadoras de una empresa. Tampoco fijan un mínimo de plantilla a partir del cual el RIT se vuelva obligatorio de manera automática. La LFT regula qué debe contener el reglamento, cómo debe formarse, dónde debe depositarse y a partir de cuándo produce efectos cuando existe.
Cuando se formula un RIT, debe elaborarse mediante una comisión mixta de representantes de las personas trabajadoras y del patrón y depositarse ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL).
También existen supuestos específicos relacionados con el RIT. Por ejemplo, si un patrón utiliza teletrabajo y no cuenta con contrato colectivo, el artículo 330-D de la LFT establece que debe incluir esta modalidad en el Reglamento Interior de Trabajo.
Para Recursos Humanos, por tanto, no conviene determinar la necesidad del RIT únicamente por el tamaño de la plantilla. Es necesario revisar las condiciones laborales de la organización, las modalidades de trabajo utilizadas y las disposiciones legales aplicables.
¿Para qué sirve el Reglamento Interior de Trabajo?
El Reglamento Interior de Trabajo sirve para establecer reglas laborales claras sobre la operación cotidiana de la empresa y la conducta que deben observar empleadores y personas trabajadoras.
Para Recursos Humanos y la dirección, permite establecer criterios comunes sobre horarios, descansos, permisos, seguridad, higiene o medidas disciplinarias, evitando depender únicamente de prácticas informales. También pueden incorporarse reglas adicionales relacionadas con la naturaleza de las actividades de la empresa, siempre que sean necesarias para mantener la seguridad y regularidad del trabajo y respeten la legislación laboral.
Por ejemplo, un laboratorio puede requerir disposiciones específicas de seguridad e higiene por las características de sus operaciones. El objetivo no es convertir el RIT en un manual de procedimientos administrativos. Las reglas técnicas, organizativas o administrativas que la empresa establece directamente para ejecutar el trabajo deben gestionarse mediante los documentos internos que correspondan.
¿Qué debe contener el Reglamento Interior de Trabajo?
El artículo 423 de la LFT establece las materias que debe contener el RIT. Estas abarcan desde la jornada laboral hasta la prevención de riesgos y las medidas disciplinarias.
| Fracción | Aspecto que debe regular |
| I | Horas de entrada y salida, comidas y periodos obligatorios de reposo |
| II | Lugar y momento de inicio y término de las jornadas |
| III | Días y horarios para la limpieza de establecimientos, maquinaria, aparatos y útiles |
| IV | Días y lugares de pago |
| V | Derecho al uso de asientos o sillas con respaldo durante la jornada laboral |
| VI | Prevención de riesgos de trabajo y primeros auxilios |
| VII | Labores insalubres y peligrosas que no deben desempeñar las personas menores y protección de las trabajadoras embarazadas |
| VIII | Tiempo y forma para realizar exámenes médicos previos o periódicos y cumplir las medidas profilácticas que dicten las autoridades |
| IX | Permisos y licencias |
| X | Disposiciones disciplinarias y procedimientos para aplicarlas |
| XI | Otras normas necesarias y convenientes según la naturaleza de la empresa o establecimiento para conseguir mayor seguridad y regularidad en el trabajo |
Una empresa puede complementar estas disposiciones con otras reglas necesarias y convenientes de acuerdo con sus actividades, siempre dentro de los límites establecidos por la legislación.
En materia disciplinaria, la LFT establece una protección específica: si el reglamento contempla la suspensión del trabajo como sanción, esta no puede exceder de ocho días, y la persona trabajadora debe tener derecho a ser escuchada antes de que se aplique la medida.
La regulación vigente también contempla expresamente el derecho a utilizar asientos o sillas con respaldo durante la jornada laboral, de acuerdo con el artículo 132, fracción V, y el artículo 423, fracción V.
¿Dónde se registra el Reglamento Interior de Trabajo?
Jurídicamente, la LFT establece que el Reglamento Interior de Trabajo debe depositarse ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL). El RIT debe formularse mediante una comisión mixta integrada por representantes de las personas trabajadoras y del patrón. Una vez acordado y firmado, cualquiera de las partes debe depositarlo ante el CFCRL dentro de los ocho días hábiles siguientes a su firma. En términos generales, el proceso contempla:
- Integrar la comisión mixta de representantes de las personas trabajadoras y del patrón.
- Definir y acordar las disposiciones que formarán parte del reglamento.
- Firmar y depositar el RIT ante el CFCRL dentro de los ocho días hábiles siguientes a su firma.
- Distribuirlo entre las personas trabajadoras y colocarlo en lugares visibles del establecimiento.
El artículo 425 establece que el reglamento surte efectos a partir de la fecha de su depósito. Esto significa que no basta con elaborar o firmar internamente el documento para atribuirle los efectos jurídicos previstos para el RIT. Por su parte, el artículo 424 Bis dispone que los reglamentos depositados deben estar disponibles para consulta pública y gratuita.
El CFCRL cuenta con un Repositorio de Información Laboral donde pueden consultarse reglamentos interiores de trabajo y otros documentos registrales. Si la organización necesita desarrollar uno desde cero, puede consultarse nuestra guía sobre cómo elaborar un Reglamento Interior de Trabajo, donde se aborda este proceso con mayor detalle.
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