En México, hay fechas que no se trabajan. O al menos, no deberían. La ley las reconoce como días de descanso obligatorio, pero en la práctica no siempre es tan sencillo. Hay giros donde parar la operación no es opción, y ahí es donde vienen las preguntas: ¿quién cubre?, ¿cómo se paga?, ¿se compensa después?
Lo que es claro es que los días festivos no se tratan como una jornada regular. Desde RRHH, dirección o nómina, es clave tener muy claro qué dice la Ley Federal del Trabajo, cómo aplicar esa lógica en la operación y evitar errores que luego terminan en observaciones, quejas o inconsistencias en la nómina.
¿Qué se consideran días festivos?
No todo lo que se celebra entra en esta categoría. Según la Ley Federal del Trabajo, los días festivos son fechas en las que:
- La persona trabajadora no debe laborar
- Aun así, recibe su salario completo
- Y si trabaja, debe recibir pago adicional
Estos días se dividen en dos tipos:
- Obligatorios: Están en la ley y deben respetarse sin excepción
- No obligatorios: Como el Día de las Madres o el Halloween, que se festejan pero no implican pago extra
Si una fecha no aparece en el artículo 74 de la LFT, no es un día festivo oficial, aunque tenga mucha tradición o significado cultural.
¿Qué significan los días festivos?
Hablar de días festivos no es solo mirar qué fechas están marcadas en rojo. Legalmente, son descansos obligatorios donde el trabajador no debe presentarse, pero sigue recibiendo su salario completo. Sin embargo, su importancia no se queda solo en lo que dice la ley.
Para las empresas, estos días también representan una oportunidad para reorganizar turnos, ajustar la carga operativa y (cuando se gestionan bien) incluso mejorar el clima laboral. Son una pausa programada dentro de la rutina, que también ayuda a oxigenar al equipo.
Desde recursos humanos, los días festivos significan previsión en nómina, coordinación con las áreas operativas y claridad con el personal sobre quién trabaja, quién descansa y cómo se compensa. Y para la gente, claro, son una pausa valiosa. Un espacio para convivir o simplemente recargar energías. Por eso, más allá del marco legal, los festivos bien gestionados tienen impacto real en el ritmo de trabajo, la satisfacción laboral y hasta la productividad. No son solo un trámite. Son parte de cómo se construye la cultura organizacional.
¿Cuáles son los días festivos obligatorios en México?
No todos los días festivos que vemos en redes o que se celebran en la oficina son realmente obligatorios. La LFT tiene una lista muy clara con las fechas que sí deben respetarse como descanso pagado. Si no está en esa lista, no es obligatorio y no aplica como feriado legal, aunque sea popular o culturalmente importante. Aquí está el listado tal como lo marca la ley:
| Fecha | Celebración |
| 1º de enero | Año Nuevo |
| Primer lunes de febrero | Por el 5 de febrero (Día de la Constitución) |
| Tercer lunes de marzo | Por el 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez) |
| 1º de mayo | Día del Trabajo |
| 16 de septiembre | Independencia de México |
| 1º de octubre (cada 6 años) | Cambio de presidente |
| Tercer lunes de noviembre | Revolución Mexicana (20 de noviembre) |
| 25 de diciembre | Navidad |
| Fecha variable | Día de elecciones |
Si alguna de estas fechas cae en fin de semana o periodo vacacional, no se recorre ni se acumula. El día se respeta tal como está en el calendario oficial.
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre el 20 de noviembre?
El 20 de noviembre es una de esas fechas que muchos ubican por la Revolución Mexicana, pero que en la práctica laboral ya no se celebra exactamente ese día. La LFT sí lo reconoce como festivo obligatorio, pero se traslada al tercer lunes de noviembre para formar un fin de semana largo. Esto aplica tanto para escuelas como para empresas.
¿Y qué significa esto en la operación? Que ese lunes sí debe pagarse como día festivo, incluso si no es exactamente 20. Si se trabaja, se paga como cualquier otro feriado: el salario diario más el doble por haber laborado. Para nómina, lo importante es verificar cada año cuál es el lunes que corresponde y aplicarlo correctamente.
¿Cuáles son los días hábiles por ley?
En México, los días hábiles se entienden como los días de trabajo normales: de lunes a viernes. Pero no es tan automático como parece. Si alguno de esos días coincide con un día festivo obligatorio, deja de ser hábil por completo, aunque caiga entre semana.
Ahora, los sábados y domingos no se consideran días hábiles a menos que así lo diga tu contrato, convenio colectivo o se trate de un esquema específico como turnos rotativos. Por eso hay empresas donde sí se trabaja en fin de semana, pero no porque la ley lo marque, sino por acuerdo entre partes. En trámites legales o fiscales (como con el IMSS, el SAT o juzgados) los días hábiles son:
- Lunes a viernes
- Sin contar los feriados oficiales
- Tampoco se incluyen sábados y domingos, salvo que el documento o trámite diga lo contrario
Por eso, al momento de programar vacaciones, cierres, pagos o reportes. Conviene tener muy claro qué días aplican como hábiles y cuáles no. Evita retrasos y confusiones con fechas límite.
¿Cómo son los días feriados?
Cuando hablamos de días feriados, nos referimos a jornadas en las que no se trabaja, pero el sueldo se paga completo. No se tiene que pedir permiso, ni justificar ausencia, ni meter vacaciones. Son descansos que ya están contemplados en la ley, y si alguien tiene que trabajar ese día, la cosa cambia: se paga triple.
Eso significa que el trabajador recibe su salario normal por el día, más el doble por haberlo laborado. Es importante tenerlo claro para evitar errores en el cálculo y conflictos con el personal. En resumen:
- Si no se trabaja: se paga como siempre.
- Si se trabaja: se paga el día normal + el doble = triple pago.
Y sí, aunque se escuche a veces como si fuera un “día extra”, en realidad ya está protegido por la ley. Si toca laborarlo, debe ser por acuerdo y con la compensación justa.
¿Cómo se pagan los días festivos?
Esta es una de las preguntas más comunes en nómina, y la respuesta está clara en la LFT: si una persona trabaja en un día festivo, el pago no es como cualquier otro día. Se le debe pagar triple. ¿Por qué? Porque la persona ya tiene derecho a recibir su salario normal por ese día, aunque no trabaje. Entonces, si además se presenta a laborar, se le suman dos salarios extra por esa jornada.
Ejemplo rápido: Ana y David ganan 100 pesos al día. El 16 de septiembre, Ana trabajó y David no.
- David recibe sus 100 pesos normales por ser día de descanso obligatorio.
- Ana recibe sus 100 pesos normales más 200 por haber trabajado ese día. Total: 300 pesos.
Es clave tener en cuenta que este ingreso adicional también impacta el cálculo de ISR y cuotas del IMSS. Salvo en casos como trabajadores con salario mínimo, donde aplican reglas distintas.
¿Qué pasa si un día festivo cae en el descanso del trabajador?
Buena pregunta, y pasa más seguido de lo que parece. Si un día festivo coincide con el descanso semanal del trabajador, no hay compensación adicional. La ley no obliga a reponerlo ni a moverlo. ¿La razón? Porque ese día ya está pagado como festivo, aunque no se trabaje. En resumen:
- El trabajador descansa
- Cobra su salario normal
- No hay reprogramación del descanso
- Y si lo llaman a trabajar, aplica el pago triple como en cualquier otro día festivo
Este punto es importante tenerlo claro, porque suele ser motivo de confusión o reclamos mal fundamentados.
¿Qué pasa si un festivo cae en vacaciones?
Aquí no hay mucha vuelta: si un día festivo cae dentro del periodo vacacional de una persona, ese día se cuenta como parte de sus vacaciones. No se repone ni se mueve. Así lo marca la ley.
Por ejemplo, si alguien toma vacaciones del 14 al 20 de septiembre y el 16 es festivo, igual se cuentan los 7 días completos de descanso. No se agrega un día más por el festivo, ni se extiende el periodo. Es importante tener esto claro para evitar malentendidos con el personal o ajustes innecesarios en los calendarios de descanso.
¿Cuáles son los días inhábiles para el SAT en 2026?
Si trabajas en contabilidad, fiscal o administración, este calendario es clave. El SAT publica cada año los días inhábiles oficiales, y durante esas fechas no corren plazos, no vencen trámites y no se presentan declaraciones.
Estos son los días inhábiles confirmados por el SAT para 2026:
- 1 de enero
- 3 de febrero (por el 5 de febrero)
- 17 de marzo (por el 21 de marzo)
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- 1 de octubre (por el cambio de presidente)
- 17 de noviembre (por la Revolución)
- 25 de diciembre
- Todos los sábados y domingos
- Vacaciones generales del SAT (normalmente Semana Santa y fin de año)
Importante: en estos días no se deben presentar trámites ni pagos, y si tenías una fecha límite que cae ahí, el plazo se recorre al siguiente día hábil. Esos días son oro molido para respirar (y para que los contadores no entren en crisis).
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