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Devolución de impuestos: ¿Qué es? ¿Quiénes pueden solicitarla?

Tabla de contenidos

El SAT reconoce que, si una persona pagó más impuestos de los que le correspondían durante el año, tiene derecho a recuperar ese dinero. A eso se le llama saldo a favor. Para que proceda la devolución, es necesario haber presentado la declaración en tiempo y forma. Sin ese paso, no se puede pedir.

En caso de ser un candidato favorable, el SAT se encarga de hacer el depósito correspondiente en los primeros cinco días hábiles posteriores a la declaración anual y en un plazo no mayor a 40 días. Siempre que se hayan presentado las declaraciones mensuales y la anual en regla, el SAT permite que cualquier persona física con ingresos superiores al salario mínimo pueda solicitar la devolución. Esto también aplica para personas morales, siempre que presenten la solicitud correspondiente.

¿Qué es la devolución de impuestos?

En México, la devolución de impuestos ocurre cuando una persona paga más de lo que le tocaba durante el año. En esos casos, el SAT puede reembolsar ese excedente, siempre que se cumpla con lo que marca la ley.

La manera en cómo funciona la devolución de impuestos es por los siguientes puntos:

  1. Retenciones. A lo largo del año, el contribuyente realiza pago de impuestos de forma anticipada, ya sea mediante retenciones en su nómina, por sus gastos facturados o por otras actividades.
  2. Declaración anual. Al final del año, el contribuyente presenta su declaración anual ante el SAT, donde se calcula la cantidad total de impuestos que debía haber pagado.
  3. Saldo a favor. Si al hacer la declaración sale que el contribuyente pagó de más, ese sobrante se puede recuperar. A eso se le llama saldo a favor. Y sí, le da derecho a pedir la devolución.
  4. Solicitud de devolución. El contribuyente puede solicitar la devolución de su saldo a favor a través del portal del SAT o en sus oficinas presenciales. El SAT tiene un plazo de 40 días para realizar el reembolso.

devolución de impuestos

¿Quiénes pueden solicitar la devolución de impuestos?

Cuando alguien paga más impuestos de los que le tocaban, ya sea persona física o persona moral , puede pedir que se los devuelvan. Pero no es tan simple. Para que eso proceda, hay que cumplir con ciertas condiciones. Entre ellas:

  • Presentar la declaración anual en tiempo y forma.
  • No tener adeudos fiscales.
  • Contar con el comprobante fiscal que respalde alguna deducción y créditos solicitados.

¿Cómo saber si tienes saldo a favor?

Primero tienes que cumplir con la declaración anual, a más tardar el 30 de abril de este año. Al momento de realizarla, el sitio web te informará si existe saldo a favor. En ese caso es necesario realizar la solicitud de devolución de impuestos en el portal del SAT. Es muy importante tener en consideración que el monto máximo que un contribuyente puede deducir equivale a 5 Unidades de Medida y Actualización (UMA), alrededor de 175,000 pesos.

El SAT contempla la posibilidad de que la devolución del saldo a favor sea automática. Esta facilidad está disponible para las personas físicas que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Que presenten su declaración anual (normal o complementaria).
  • Que presenten su declaración de forma electrónica con contraseña, firma electrónica avanzada (FIEL) o efirma portable.
  • Si el saldo a favor no pasa de los 10,000 pesos, la declaración puede presentarse en el portal del SAT solo con la contraseña.

Ahora bien, si está entre 10,000 y 50,000 pesos, también se permite usar la contraseña, pero solo si ya hay una cuenta CLABE precargada en el sistema. Si no está registrada, entonces se necesita la firma electrónica o la efirma portable. De hecho, cuando el saldo es mayor a 50,000 y no rebasa los 150,000, también se pide usar una de esas dos firmas.

¿Dónde y cuándo se puede solicitar la devolución de impuestos?

La devolución se puede pedir en línea, usando el portal del SAT con el buzón tributario. También se puede hacer en persona. Y si el sistema la reconoce como automática, el depósito llega en unos tres días hábiles. Para el caso de una manual, que puedes tramitar en línea o de forma presencial en las oficinas del SAT, recibirás en tu correo la confirmación de la solicitud procedimiento. Si fue ejecutado correctamente, deberías recibir respuesta en un tiempo no mayor a los 40 días.

¿En qué casos el SAT no aplica la devolución de impuestos?

El SAT no valida la devolución de impuestos en los siguientes casos:

  • En caso de que el saldo a favor corresponda a ejercicios fiscales anteriores al año en curso.
  • Cuando el contribuyente tenga un saldo a favor superior a los 150,000 pesos.
  • Si no se presentó la declaración anual en tiempo y forma, no procede la devolución.
  • Tampoco si los comprobantes fiscales provienen de personas o empresas que aparecen en las listas del artículo 69 o 69-B del Código Fiscal.

Sobre este último punto vale la pena desglosar la lista, ya que incluye a contribuyentes:

  • Con domicilio fiscal no localizado
  • Con créditos fiscales firmes
  • Con créditos no pagados o garantizados
  • Con créditos fiscales cancelados o condonados
  • Con una sentencia condenatoria por la comisión de un delito fiscal
  • Con presunción de haber realizado operaciones inexistentes amparadas en comprobantes fiscales sin respaldo real

¿Qué hacer si la solicitud de devolución es rechazada?

Puede pasar que el SAT no apruebe la devolución. En ese caso, el contribuyente tiene la opción de presentar una aclaración por medio del portal. Si después de eso la respuesta sigue siendo negativa, entonces hay que acudir directamente a una oficina del SAT. El trámite presencial debe hacerse dentro de los 40 días hábiles siguientes al rechazo.

Preguntas frecuentes

¿Recibir saldo a favor por la devolución de impuestos modifica a las semanas cotizadas?

Recibir saldo a favor por la devolución de impuestos no modifica las semanas cotizadas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Las semanas cotizadas se calculan con base en el salario bruto percibido por el trabajador, sin considerar la devolución de impuestos.

¿Cómo la devolución de impuestos se relaciona con el desempeño de los trabajadores?

No hay una conexión directa entre una cosa y la otra. La devolución es un tema fiscal. El desempeño tiene que ver con cómo trabaja cada persona. Aun así, cuando una empresa ayuda a su gente a cumplir con sus obligaciones y a entender cómo pueden recuperar lo que ya pagaron, eso puede generar confianza. Y ese tipo de ambiente, en algunos casos, sí puede influir en cómo se trabaja.

¿Se puede hacer uso del saldo a favor por la devolución de impuestos para la caja de ahorros o el fondo de ahorro?

El saldo a favor no se puede usar de forma directa para la caja de ahorros ni para el fondo de ahorro. Ambos manejan reglas claras sobre el origen del dinero que aceptan, y la devolución no entra dentro de esos esquemas. Aun así, si el trabajador así lo decide, puede usar ese dinero para hacer una aportación voluntaria a cualquiera de los dos.

¿La cultura organizacional refleja algún cambio por la devolución de impuestos?

La devolución de impuestos, por sí sola, no cambia la cultura organizacional. Pero cuando la empresa promueve el cumplimiento fiscal y orienta a su personal para que puedan acceder a su saldo a favor, eso sí puede dejar huella. Se percibe como una señal de responsabilidad, de claridad en los procesos, y de interés por el bienestar del equipo. Todo eso suma a una cultura más positiva dentro de la organización.

¿Tiene relación la devolución de impuestos con el pago de la PTU?

No hay una relación directa entre ambos conceptos. La devolución de impuestos ocurre cuando una persona física pagó de más al SAT durante el año y puede recuperar ese excedente. Por otro lado, la PTU es un derecho laboral que se calcula con base en las utilidades que generó la empresa. Son procesos distintos, con reglas y objetivos completamente separados.

¿Se puede considerar la devolución de impuestos como algún tipo de remuneración?

No, no entra en esa categoría. La devolución es solo el reembolso de una cantidad que ya se había pagado de más. Aunque implica dinero que regresa al contribuyente, no se trata de una remuneración como tal. Tampoco genera prestaciones ni se calcula como ingreso laboral.

¿En caso de tener saldo a favor por la devolución de impuestos este forma parte del Salario Diario Integrado (SDI)?

El saldo a favor por la devolución de impuestos no forma parte del Salario Diario Integrado (SDI). El SDI se calcula con base en las percepciones ordinarias y habituales del trabajador, sin considerar la devolución de impuestos.

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