Desde que el SAT lanzó el famoso Régimen de Confianza (sí, ese que todos llaman RESICO) dentro del Paquete Económico 2022, quedó claro que buscaban hacerle la vida más fácil a las micro, pequeñas y medianas empresas. En los papeles, el RESICO llega para sustituir al ya conocido Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), pero más allá del cambio de nombre, lo que está en juego es mucho más importante.
Para las áreas de RRHH o para quienes lideran empresas, este tipo de herramientas puede marcar una diferencia en la operación diaria. Sobre todo en estructuras donde no hay un equipo fiscal robusto o donde el dueño del negocio es también el administrador, contador y barista los lunes por la mañana.
¿Qué es el Régimen de Confianza (RESICO)?
El RESICO fue diseñado con un objetivo bastante concreto: quitarle fricción al pago de impuestos para quienes ganan poco y no tienen una estructura contable compleja. Por un lado, está pensado para personas físicas con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos. Por el otro, aplica también para personas morales que facturan hasta 35 millones al año. Nada despreciable si pensamos en la cantidad de negocios en México que caen en ese rango.
El enfoque es simple y directo. Se eliminan pasos innecesarios, se automatiza el cálculo de impuestos, y se establece una lógica mucho más amigable para las mipymes. Ya no se trata de llenar formatos infinitos ni de depender de un contador que cobra por hora y habla en clave. Este régimen se construyó con una idea: que cumplir con el SAT no sea una pesadilla y sí, puede que no lo resuelva todo, pero definitivamente cambia el tono de la conversación.
¿Qué actividades entran en el Régimen de Confianza?
Acá viene lo interesante. El régimen de confianza no es para todos, pero sí cubre un abanico bastante amplio de actividades. En resumen, aplica para quienes operan con modelos de negocio relativamente simples, nada de estructuras corporativas complicadas ni giros regulados como los financieros. Estos son los principales rubros que suelen entrar:
- Comercio: desde tienditas de la esquina, hasta venta al mayoreo
- Servicios: profesionales, técnicos, educativos, médicos, etc.
- Manufactura: cualquier proceso de producción o transformación de bienes
- Agricultura y ganadería: todo lo que tenga que ver con el campo, incluyendo pesca
- Transporte: carga o pasajeros, con o sin aire acondicionado
- Alimentos y bebidas: fondas, restaurantes, taquerías, cafeterías
- Artesanías: producción y venta de artículos hechos a mano
- Cuidado personal: salones de belleza, spas, barberías
- Reparaciones: talleres de electrónicos, coches, electrodomésticos
- Educación y cultura: escuelas, academias, talleres de arte, etc.
Ojo, no todo entra. Hay restricciones claras: si el negocio tiene ingresos muy altos o se dedica a rubros como juegos de apuestas, servicios financieros o temas inmobiliarios complejos, no califica.
¿Cómo funciona el Régimen de Confianza?
Aquí es donde el SAT quiso ponerse moderno. El RESICO funciona con un esquema donde todo, o casi todo, se automatiza. Desde la emisión de facturas electrónicas, hasta el cálculo del ISR que se paga mes con mes. Todo se conecta y corre desde su plataforma.
La tasa de ISR en este régimen puede ir del 1% al 2.5%, dependiendo de los ingresos. La idea es premiar a quien gana menos con una tasa más baja y mientras se cumplan los requisitos básicos (como estar dado de alta en el RFC, tener firma electrónica, buzón tributario activo y emitir facturas desde el portal del SAT), se puede operar sin fricciones mayores.
Además, el sistema genera la línea de captura y prácticamente te lleva de la mano hasta que haces el pago. Como si un robot fiscal te dijera “oye, esto es lo que toca pagar hoy, ¿lo hacemos?”. ¿Lo más útil? La declaración anual también se vuelve más simple. El SAT ya tiene mucha de la información en su base, así que solo hay que verificar, ajustar si es necesario, y enviar. No es magia, pero sí es una mejora frente a otros esquemas más engorrosos.
¿Quiénes entran en el RESICO?
El régimen de confianza está pensado para dos grandes perfiles: personas físicas y personas morales con ingresos limitados.
Personas físicas
En el caso de las personas físicas, hablamos de quienes trabajan por su cuenta y no ganan más de 3.5 millones al año. Bajo el RESICO, ya no tienen que usar el Coeficiente de Utilidad del año pasado para hacer sus cálculos provisionales. Menos vueltas, menos complicaciones.
Esto incluye:
- Actividades empresariales y profesionales
- Arrendamiento de inmuebles
- Actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas
- Ex RIF que migran al nuevo esquema
Personas morales
En cuanto a las personas morales, pueden entrar si:
- Sus ingresos anuales no rebasan los 35 millones de pesos
- Todos sus socios son personas físicas
Según datos del SAT, más del 96% de las pequeñas empresas registradas en México cumplen con estos criterios. O sea, es un esquema que no está pensando en unos pocos, sino en la mayoría. Eso sí, para estas personas morales, la tasa de ISR puede llegar al 30%, pero tienen beneficios importantes como la depreciación acelerada de inversiones. Algo que, para muchas empresas, es una ayuda directa al flujo de efectivo.
¿Quién no puede estar en el régimen de Confianza?
Aunque el RESICO se presenta como una buena opción para las mipymes, no es para todos. Hay ciertos perfiles que, por ley, no pueden acogerse a este régimen fiscal y sí, vale la pena revisar esto con lupa antes de dar el paso, porque no se trata solo de cumplir con un trámite, sino de evitar errores que puedan costar caro después. No pueden acogerse a este régimen fiscal quienes:
- Sean socios o accionistas de personas morales.
- Realicen actividades relacionadas con bienes raíces, financieros o minería.
- Obtengan ingresos de derechos de autor o regalías por actividades artísticas, literarias o científicas.
- Perciban ingresos por salarios (excepto si tienen ingresos adicionales que cumplen con los criterios del régimen).
- Superen los límites de ingresos anuales permitidos: 3.5 millones de pesos para personas físicas y 35 millones de pesos para personas morales.
- Residan en el extranjero y no tengan fuente de ingresos en México.
¿La lógica detrás de estas restricciones? Mantener el régimen enfocado en contribuyentes con estructuras simples, donde la automatización fiscal tenga sentido.
¿Cuáles son los beneficios del Régimen Simplificado de Confianza?
Ahora sí, entremos al terreno importante. Lo que hace que muchas mipymes estén volteando a ver este régimen es una lista de ventajas que, en conjunto, representan un respiro de aire fresco frente al estrés tributario tradicional.
- Para empezar, el cálculo automático de impuestos: En serio, el SAT se encarga de hacer las cuentas. Ya no hace falta sacar la calculadora científica ni pelearse con el Excel.
- También se ofrecen facilidades administrativas: procesos más ligeros, menos trámites, y un sistema que reduce el tiempo que normalmente se invierte en la contabilidad.
- Las declaraciones prellenadas: El sistema te muestra un borrador con los datos que ya tiene el SAT. Solo es cuestión de revisar y confirmar (o ajustar si hace falta).
- Y lo más atractivo para muchos, tasas de ISR bastante bajas: Dependiendo de los ingresos, pueden ir del 1% al 2.5%. Algo que ayuda a liberar flujo para reinvertir en el negocio o simplemente tener más aire.
Para personas físicas:
- Si el ingreso anual está por debajo de los 300 mil pesos, la tasa es del 1%
- Si ganan entre 2.5 y 3.5 millones al año, la tasa sube a 2.5%
- Todo lo que factura el SAT bajo este esquema entra automáticamente en el sorteo del Buen Fin
- La contabilidad electrónica se arma sola, porque el sistema del SAT ya tiene la info de tus facturas
Para personas morales:
- Deducción acelerada de inversiones, lo cual reduce la carga impositiva de forma tangible
- Se permite acumular ingresos y deducir gastos cuando realmente se pagan, lo cual alivia el tema de liquidez en empresas chicas
- La información fiscal se extrae directamente de los CFDI que emite la empresa. Más transparente, más fácil
¿Qué obligaciones tengo en el Régimen Simplificado de Confianza?
Aquí es donde muchos bajan la guardia, pero no deberían. Porque sí, el régimen facilita muchas cosas, pero eso no quiere decir que el SAT te suelte por completo. Las obligaciones siguen siendo claras y deben cumplirse al pie de la letra.
- Estar inscrito en el RFC y tener actualizada la información.
- Emitir facturas electrónicas (CFDI) por cada ingreso.
- Presentar declaraciones mensuales, tanto de ISR como de IVA si aplica.
- Declarar anualmente los ingresos y pagos del ejercicio fiscal.
- Pagar los impuestos conforme a las tasas establecidas.
- Llevar control de los gastos deducibles y contar con comprobantes.
- Conservar la documentación fiscal por lo menos cinco años.
- Cumplir en tiempo y forma con los plazos marcados por el SAT para evitar multas.
¿Cuánto se paga de ISR en el Régimen Simplificado de Confianza?
Este punto es clave. El ISR en el régimen de confianza no se calcula como en los esquemas tradicionales. Acá la tasa se aplica directamente sobre los ingresos brutos, sin deducciones. Las tasas varían así:
- Hasta 25 mil pesos mensuales: 1%
- De 25 mil 1 a 50 mil: 1.5%
- De 50 mil 1 a 83 mil 333: 2%
- Más de 83 mil 333: 2.5%
La ventaja de este esquema es su claridad, no hay que hacer malabares para ver qué se puede deducir o cómo ajustar el cálculo. Aunque esto también puede jugar en contra para quienes tienen muchos gastos, como veremos más adelante.
¿Qué pasa con el IVA en el Régimen Simplificado de Confianza?
Aunque el ISR se simplifica bastante, el IVA sigue su camino habitual. Si las actividades están gravadas con IVA, hay que cobrarlo, reportarlo y pagarlo como en cualquier otro régimen. El proceso es simple: se calcula la diferencia entre el IVA que se cobra a los clientes y el IVA que se paga por los gastos relacionados con la actividad, esa diferencia es lo que toca pagar. La declaración del IVA se presenta mensualmente y no está vinculada directamente con la del ISR. Dos caminos distintos, aunque corren por la misma carretera del SAT.
Si me encuentro en el régimen de RIF, ¿puedo solicitar el cambio o es automático?
Aquí hay una transición importante que muchos no vieron venir. Desde que se presentó la Miscelánea Fiscal 2022, se dejó claro que el RIF tiende a desaparecer. Por eso, a quienes estaban inscritos antes del 31 de agosto de 2021, se les permitió seguir con ese esquema si así lo deseaban, pero todos los demás, sí o sí, migran al régimen de confianza de forma automática.
Para los equipos de RRHH o los responsables fiscales, esto significa revisar bien si el personal o los prestadores de servicios siguen en RIF o ya están en RESICO. Porque los plazos y obligaciones cambian.
¿Qué necesito para darme de alta en el Régimen de Confianza?
El trámite en sí no es complicado, pero hay que cumplir con varios requisitos básicos:
- Estar inscrito y activo en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
- Tener una eFirma vigente (si no la tienes, hay que agendar cita)
- Activar y mantener funcionando el buzón tributario
- No superar el ingreso anual de 3.5 millones de pesos
- No aparecer en el listado de operaciones simuladas publicado por el SAT
- Estar al corriente con tus declaraciones y pagos
- Emitir facturas electrónicas por cada ingreso
Consideraciones
Como todo esquema fiscal, el régimen de confianza tiene su lado A y su lado B. No es para todos, ni aplica igual en todos los casos.
- Personas físicas no pueden deducir gastos, ya que el ISR se calcula directo sobre ingresos.
- Personas morales acumulan ingresos por flujo de efectivo, lo que puede ser útil para manejo de liquidez.
- Se permite una deducción acelerada de inversiones, útil en negocios que requieren maquinaria o equipamiento costoso.
El régimen de confianza puede funcionar muy bien para muchos negocios, siempre que se tenga claro qué implica estar dentro y qué se está dejando fuera.
¿Qué gastos son deducibles en el Régimen Simplificado de Confianza?
Aquí va un matiz importante: para personas físicas no hay deducciones. Pero para personas morales, sí hay margen. Gastos comunes deducibles para personas morales:
- Compras relacionadas con la actividad económica: Materias primas, mercancías o insumos necesarios para producir o vender tus bienes o servicios.
- Renta de inmuebles o locales: Si utilizas un espacio exclusivamente para tu actividad económica, puedes deducir los costos de alquiler.
- Pagos de servicios: Electricidad, agua, internet y telefonía, siempre que estén relacionados con tu actividad profesional o negocio.
- Gastos de transporte: Combustible, mantenimiento de vehículos, y gastos de transporte necesarios para llevar a cabo tu actividad económica.
- Honorarios profesionales: Servicios contratados, como contadores o asesores legales, relacionados con tu negocio.
- Publicidad y promoción: Gastos en marketing, publicidad digital, impresión de materiales promocionales, entre otros.
- Inversiones en activos fijos: Maquinaria, equipo o herramientas necesarias para operar.
¿Cuándo no conviene tributar en el RESICO?
Aunque suena muy bien sobre el papel, hay situaciones donde el régimen de confianza no es la mejor opción:
- Si los ingresos rebasan el tope permitido, simplemente no aplica.
- Si el negocio tiene muchos gastos deducibles, tal vez conviene más un régimen donde se puedan aplicar.
- Si se trata de actividades no permitidas por el RESICO, como inmobiliarias, financieras, minería o similares.
- Si los ingresos vienen de regalías o derechos de autor, este no es el camino.
- Si no hay constancia para cumplir las obligaciones fiscales puntualmente, mejor buscar otro esquema.
- En zonas fronterizas con IVA del 8%, puede haber opciones más atractivas.
Preguntas frecuentes
¿Cómo puede el RESICO influir en el manejo de los fondos de ahorro de los empleados de una empresa?
Dependiendo de cómo esté estructurado el fondo de ahorro, podrían cambiar los criterios para calcularlo o administrarlo. Por ejemplo, si la empresa cambia de persona moral a una figura distinta o modifica su flujo financiero por la nueva carga fiscal, eso puede impactar en la continuidad o el diseño del fondo.
¿Cómo afecta el cambio al Régimen de Confianza (RESICO) a los procesos de nómina y recursos humanos en una empresa?
Se pueden presentar modificaciones en la forma en que se calculan ciertas prestaciones, retenciones o conceptos adicionales. En algunos casos, el nuevo régimen implica hacer ajustes en el sistema de nómina para adaptarlo a los requisitos fiscales que impone el RESICO.
Para Recursos Humanos, esto puede significar actualizar manuales internos, redefinir estructuras salariales o incluso rediseñar ciertos incentivos. Y más importante todavía: mantener informados a los empleados sobre qué cambia y qué no.
¿Cuál es la relación entre el RESICO y la indemnización por despido de un empleado?
Si la empresa cambia su estructura legal o contable al ingresar al régimen de confianza, puede verse obligada a modificar ciertos criterios internos que influyen en los finiquitos y liquidaciones. Esto no significa que el patrón pueda evitar pagar una indemnización, pero sí puede haber ajustes operativos que alteren los montos o la forma en que se documentan esos pagos. RRHH debe tener claro que no se puede improvisar con esto, y lo mejor es tener los formatos actualizados y la asesoría fiscal al día.
¿Cómo puede el RESICO influir en el desempeño laboral de los empleados de una empresa?
Si con la entrada al régimen de confianza los trabajadores sienten que pierden beneficios o que su esquema de pago se volvió más confuso, el ánimo, el desempeño laboral y la motivación pueden bajar. Incluso si el cambio fiscal no impacta directamente sus ingresos, el simple hecho de que haya incertidumbre puede generar tensión.
¿Qué medidas debe tomar una empresa al cambiar al Régimen de Confianza (RESICO) para asegurar el cumplimiento de las normativas laborales, como la LFT?
Pasarse al régimen de confianza no es solo un trámite fiscal. También requiere revisar que todo esté en regla desde lo laboral. Lo básico:
- Capacitar a RRHH y nómina en las nuevas reglas
- Ajustar contratos, prestaciones y procesos de nómina
- Coordinarse con asesores legales y contables
- Mantener informados a los empleados para evitar confusiones
Todo cambio fiscal debe respetar lo que marca la Ley Federal del Trabajo. No se vale improvisar.
¿Qué impacto tiene el RESICO en el proceso de liquidación de un trabajador?
La empresa debe estar al tanto de los criterios actuales del SAT y cómo estos afectan la emisión de comprobantes, la deducibilidad de ciertos pagos y la integración del salario para efectos fiscales. Incluso si la Ley Federal del Trabajo no se ha modificado, el hecho de operar bajo el RESICO puede requerir formatos nuevos, sistemas distintos para calcular impuestos, y una revisión completa a la liquidación de un trabajador.
¿Cuál es el papel de la cultura organizacional en la transición hacia el RESICO en una empresa?
Aquí no hay duda: la cultura organizacional es el pegamento que define si una transición se hace bien o se convierte en un caos. Cuando una empresa decide entrar al régimen de confianza, no solo es un tema contable. También es un cambio de reglas, procesos y formas de operar y si la cultura interna no está preparada para eso, cualquier modificación puede generar resistencia o desinformación.
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