La pregunta aparece con frecuencia en los cierres de año, sobre todo en empresas con programas activos de prácticas profesionales: ¿un becario debe recibir aguinaldo? La respuesta depende menos de lo que hace en el día a día y más de cómo está definida la relación con la organización.
En México, la figura del becario parte de un esquema formativo, no laboral. Su estancia tiene como propósito complementar su preparación académica, no ocupar una plaza de trabajo. Aun así, hay empresas que eligen otorgar un apoyo adicional en diciembre, ya sea como estímulo o como parte de su propuesta de valor para atraer talento joven. Lo importante es entender dónde está la línea legal y cuándo cruzarla implica un riesgo.
¿Por qué la Ley Federal del Trabajo no obliga a dar aguinaldo a becarios?
La diferencia clave está en la naturaleza del vínculo. Mientras un empleado cuenta con un contrato laboral y una remuneración fija, el becario participa en un esquema de aprendizaje que puede incluir un apoyo económico, pero no se considera salario. Por lo tanto, no se genera la obligación de otorgar prestaciones como:
- Aguinaldo
- Vacaciones
- Prima vacacional
- Seguro social obligatorio
Sin embargo, si en la práctica el becario realiza funciones que exceden su plan formativo o cumple con características propias de un trabajador subordinado, la situación cambia.
Casos donde sí podría aplicar el aguinaldo a becarios
Aunque la ley no lo exige, hay situaciones donde el becario podría ser considerado un empleado en la práctica, por ejemplo:
- Cumple con un horario fijo y riguroso.
- Ejecuta tareas repetitivas o de carácter operativo, sin relación con su formación.
- Tiene responsabilidades similares a un puesto formal, incluyendo supervisión o metas.
En estos casos, si hubiera una reclamación legal, la empresa podría ser requerida a otorgar prestaciones laborales completas, incluyendo el aguinaldo.
¿Puede una empresa decidir dar aguinaldo a sus becarios?
Sí. Muchas empresas en México deciden otorgar un bono de fin de año a sus becarios como parte de su propuesta de valor. Aunque no sea obligatorio, hacerlo puede enviar un mensaje positivo sobre la cultura interna.
¿Por qué algunas organizaciones lo hacen?
- Para reforzar su marca empleadora, especialmente entre universidades y talentos junior.
- Como parte de sus políticas de retención o transición a puestos formales.
- Para mantenerse competitivos frente a otros programas de prácticas.
¿Cómo suelen otorgarlo?
- Bonos fijos o proporcionales al tiempo de prácticas.
- Un pago único simbólico en diciembre.
- Vales o beneficios complementarios.
¿Cuándo conviene sí dar aguinaldo a un becario?
Si en la operación diaria el becario ya está integrado como parte de un equipo de trabajo, tiene responsabilidades permanentes o sus horarios son iguales a los de cualquier colaborador, ofrecer aguinaldo podría ser una forma preventiva y estratégica de reconocer su aportación, reducir riesgos y mejorar su experiencia.
Además, otorgar beneficios voluntarios como este puede facilitar la transición a una contratación formal y reforzar la percepción de justicia interna dentro del equipo.
¿Cómo calcular un aguinaldo para becarios si la empresa decide ofrecerlo?
Como no hay una fórmula legal, las empresas tienen margen para definir el monto con base en sus políticas internas. Algunas recomendaciones:
- Tomar como referencia los 15 días de apoyo económico mensual.
- Calcularlo proporcional al tiempo de estancia, si el becario no estuvo todo el año.
- Establecerlo como un bono fijo de fin de año, sin ligarlo a desempeño.
Lo importante es que quede claro que se trata de un beneficio voluntario y no una obligación legal, para evitar interpretaciones futuras.
Derechos reales de los becarios en México
Aunque a los becarios no se les da aguinaldo de manera obligatoria, sí existen condiciones mínimas que toda empresa debe garantizar, incluso si se trata de un convenio de prácticas.
Lo que sí deben recibir:
- Seguro facultativo a través de la universidad o institución educativa.
- Un convenio formal de colaboración o prácticas.
- Actividades alineadas al objetivo formativo.
Lo que no están obligadas a otorgar las empresas:
- Aguinaldo
- Vacaciones pagadas
- IMSS (a menos que exista relación laboral)