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Efirma: ¿Qué es? ¿Para qué sirve? ¿Cómo obtenerlo?

Tabla de contenidos

La efirma es un mecanismo de identificación y firma electrónica que permite identificar a una persona física o moral y realizar trámites electrónicos con validez jurídica. Para las empresas, puede ser necesaria en diversos procesos fiscales, corporativos y administrativos, aunque no sustituye al Certificado de Sello Digital utilizado para emitir CFDI. En esta guía explicamos para qué sirve, quién la necesita, cómo obtenerla, renovarla y proteger sus archivos. 

¿Qué es la efirma del SAT?

La efirma es un mecanismo de identificación y firma electrónica emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Permite identificar a personas físicas y morales y realizar trámites electrónicos con validez jurídica ante el SAT y otras instituciones que acepten este mecanismo.

Está conformada por un certificado digital .cer, una clave privada .key y una contraseña. Estos elementos permiten acreditar la identidad del titular y verificar la integridad de la información firmada.

La Ley de Firma Electrónica Avanzada establece que los documentos electrónicos y mensajes de datos firmados mediante una firma electrónica avanzada producen los mismos efectos que los documentos presentados con firma autógrafa, siempre que se cumplan los requisitos legales aplicables.

En materia fiscal, el artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación señala que, cuando las disposiciones fiscales obliguen a presentar documentos digitales, estos deben contener la firma electrónica avanzada del autor, salvo que exista una regla diferente.

Ver ahora Tip: ¿Que es la e.firma?

¿Cuál es la diferencia entre la efirma y la Contraseña del SAT?

Aunque ambas permiten realizar trámites ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la efirma y la Contraseña del SAT no son lo mismo. Cada una tiene un nivel de seguridad, alcance y requisitos distintos.

Característica efirma Contraseña del SAT
¿Qué es? Mecanismo de identificación y firma electrónica emitido por el SAT. Mecanismo de acceso a los servicios electrónicos habilitados por el SAT.
Nivel de seguridad Mayor. Utiliza un certificado digital, una clave privada y una contraseña. Se basa en el RFC y una contraseña de acceso.
Archivos necesarios Sí. Requiere los archivos .cer, .key y la contraseña de la clave privada. No. Solo requiere el RFC y la Contraseña creada por el contribuyente.
¿Permite firmar documentos? Sí. Cuando el trámite lo permite, tiene la misma validez jurídica que una firma autógrafa. No sustituye a la efirma ni permite firmar mediante un certificado y una clave privada. Se utiliza para acceder y realizar los trámites expresamente habilitados por el SAT.
¿Para qué trámites se utiliza? Declaraciones, solicitudes, administración de certificados, firma de documentos y otros procedimientos que requieren un nivel de identificación más robusto. Consultas, declaraciones y trámites electrónicos en los que el SAT permite el acceso mediante Contraseña.
¿Quién la emite o habilita? El SAT. El SAT.
¿Cuándo suele ser obligatoria? Cuando el procedimiento exige acreditar la identidad o manifestar la voluntad mediante una firma electrónica avanzada. Cuando el servicio permite ingresar y realizar el trámite mediante RFC y Contraseña.

En términos generales, la Contraseña del SAT permite autenticarse y utilizar los servicios electrónicos en los que está habilitada. La efirma ofrece un mecanismo de identificación más robusto y puede utilizarse para firmar electrónicamente trámites o documentos con validez jurídica.

Cuando un procedimiento solicita específicamente la efirma, la Contraseña del SAT no puede utilizarse como sustituto.

¿Para qué sirve la efirma y en qué trámites se utiliza?

La efirma permite acreditar la identidad de una persona física o persona moral al realizar trámites electrónicos con validez jurídica. Dependiendo del procedimiento, puede utilizarse para firmar documentos, autenticar al contribuyente o autorizar gestiones ante autoridades y otras instituciones.

Entre sus principales aplicaciones se encuentran:

Trámites fiscales

  • Presentar declaraciones y avisos ante el SAT.
  • Realizar diversos trámites fiscales en línea.
  • Solicitar o administrar certificados relacionados con las obligaciones fiscales, como el Certificado de Sello Digital (CSD).
  • Firmar solicitudes y documentos requeridos por la autoridad fiscal.

Trámites administrativos y gubernamentales

  • Gestionar procedimientos ante dependencias que aceptan la efirma como medio de autenticación.
  • Participar en licitaciones o procedimientos administrativos cuando sea un requisito.
  • Presentar solicitudes y realizar trámites electrónicos en distintas plataformas gubernamentales.

Actos jurídicos y comerciales

  • Firmar electrónicamente contratos y otros documentos cuando la legislación y las partes lo permitan.
  • Autorizar operaciones o gestiones digitales que requieran acreditar la identidad del firmante.

¿Quién necesita tramitar la efirma en México?

No todas las personas están obligadas a obtener una efirma. Su necesidad depende de las declaraciones, solicitudes o trámites que realice el contribuyente y de los requisitos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) u otra autoridad.

Personas físicas

Generalmente necesitan tramitarla:

  • Personas físicas que deben presentar declaraciones, solicitudes o trámites para los que el SAT u otra autoridad exige específicamente una efirma vigente.
  • Contribuyentes que necesitan solicitar o administrar certificados fiscales, como el Certificado de Sello Digital (CSD).
  • Personas que participan en procedimientos administrativos, licitaciones o gestiones electrónicas donde la efirma es un requisito.
  • Representantes legales que deben realizar trámites en nombre de una persona moral.

Tener actividad empresarial o profesional no significa que la efirma sea necesaria para todos los trámites. Deben revisarse los requisitos particulares de cada procedimiento.

Personas morales

En general, las personas morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) requieren una efirma vigente para:

  • Cumplir determinadas obligaciones fiscales.
  • Presentar solicitudes y realizar trámites electrónicos ante el SAT.
  • Solicitar o administrar certificados relacionados con su operación fiscal.
  • Participar en licitaciones o procedimientos administrativos que exijan este mecanismo.
  • Realizar otras gestiones electrónicas mediante su representante legal.

En todos los casos, conviene confirmar los requisitos vigentes del trámite antes de iniciar el procedimiento.

Ver ahora Tip: ¿Qué es el SAT?

¿Quién emite la efirma del SAT?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emite los certificados de efirma utilizados para los trámites fiscales federales. Las personas físicas deben realizar el procedimiento correspondiente, mientras que las personas morales lo tramitan mediante su representante legal, quien debe cumplir los requisitos establecidos por la autoridad.

Además de la efirma del SAT, existen otros certificados y mecanismos de firma electrónica utilizados para fines específicos por distintas instituciones. Sin embargo, cuando se trata de cumplir obligaciones fiscales federales, el certificado de efirma expedido por el SAT es el que generalmente se solicita.

¿Cuáles son los requisitos para obtener la efirma?

Los requisitos para obtener la efirma dependen de si el trámite corresponde a una persona física o moral y de la situación particular del contribuyente. Antes de acudir, es necesario verificar la ficha vigente del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Requisitos generales

Para tramitar la efirma por primera vez se requiere:

  • Cita registrada para el servicio correspondiente.
  • Memoria USB, preferentemente nueva.
  • Correo electrónico al que se tenga acceso.
  • Solicitud de certificado de efirma firmada.
  • Documentación original o certificada aplicable al contribuyente.

Requisitos adicionales para personas físicas

Las personas físicas deben presentar:

Durante el trámite, el SAT también puede registrar datos biométricos, como fotografía, huellas dactilares, iris y firma.

Los requisitos completos y los casos especiales deben consultarse en la ficha 105/CFF: Solicitud de generación del Certificado de efirma para personas físicas.

Requisitos adicionales para personas morales

El representante legal debe estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), contar con una efirma vigente y presentar:

  • Identificación oficial vigente.
  • Documento constitutivo protocolizado.
  • Poder o documento que acredite sus facultades.
  • Comprobante de domicilio, cuando corresponda.
  • Información actualizada de socios, accionistas o integrantes, cuando sea aplicable.

Los documentos adicionales cambian según la naturaleza jurídica y la situación fiscal de la organización. Antes de acudir, deben revisarse los requisitos de la ficha 312/CFF: Solicitud de generación del Certificado de efirma para personas morales.

¿Cómo tramitar la efirma por primera vez?

La efirma se tramita por primera vez de manera presencial en una oficina del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Las personas físicas deben acudir personalmente, salvo los supuestos excepcionales en los que el SAT permite la intervención de un representante legal, como determinados casos de menores de edad, sucesiones, personas privadas de la libertad o situaciones médicas y jurídicas previstas en la ficha 105/CFF.

En el caso de una persona moral, el procedimiento lo realiza su representante legal, quien debe contar con una efirma vigente y presentar la documentación que acredite sus facultades.

Para obtenerla, sigue estos pasos:

1. Agenda una cita en el SAT

Ingresa al sistema de citas del SAT, selecciona el servicio de efirma y elige la oficina, fecha y horario disponibles. Antes de reservar, verifica que cumples con los requisitos correspondientes al tipo de contribuyente.

2. Reúne la documentación requerida

Consulta la sección anterior y confirma los requisitos vigentes en el portal oficial del SAT.

Las personas físicas deben revisar los documentos aplicables a su situación. Cuando intervenga un representante legal, también deberá presentarse la documentación que acredite la representación y el supuesto excepcional correspondiente.

En el caso de las personas morales, el representante legal debe presentar la documentación de la organización y aquella que acredite sus facultades.

3. Acude a la cita

Presenta la documentación y la memoria USB solicitadas. Durante la atención, el SAT validará la identidad del contribuyente y, cuando corresponda, recabará sus datos biométricos.

4. Recibe y resguarda tus archivos

Una vez concluido el trámite, conserva en un lugar seguro el certificado .cer, la clave privada .key y su contraseña. Estos elementos serán necesarios para utilizar la efirma y realizar trámites electrónicos.

5. Utiliza tu efirma

Con una efirma vigente podrás efectuar los trámites fiscales, administrativos o empresariales en los que el SAT u otra institución acepte o exija este mecanismo de identificación.

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¿Cómo renovar la efirma en línea o en el SAT?

La forma de renovar la efirma depende del tipo de contribuyente, la fecha de vencimiento del certificado y los archivos disponibles.

Si eres persona física y tu efirma está vigente

Puedes realizar la renovación en línea conforme al procedimiento de la ficha 106/CFF: Solicitud de renovación del Certificado de efirma para personas físicas.

Para completar el procedimiento necesitas el certificado .cer, la clave privada .key y la contraseña correspondiente. Después de enviar la solicitud, debes conservar el acuse y descargar el nuevo certificado.

Si eres persona física y venció hace máximo un año

Las personas físicas mayores de 18 años pueden solicitar mediante SAT ID la autorización para renovar una efirma que haya perdido su vigencia hasta un año antes de presentar la solicitud.

Después de obtener una respuesta favorable, deben generar el archivo de renovación mediante Certifica y concluir el trámite en CertiSAT Web.

Si la efirma venció hace más de un año, fue revocada o ya no conservas la clave privada .key o su contraseña, deberás acudir con cita a una oficina del SAT.

Si necesitas renovar la efirma de una persona moral

La renovación de la efirma de una persona moral se realiza conforme a la ficha 306/CFF: Solicitud de renovación del Certificado de efirma para personas morales.

Si el certificado ya venció, puede renovarse por internet cuando perdió su vigencia hace menos de un año, la organización conserva al mismo representante legal y este cuenta con una efirma vigente. Para completar el procedimiento también se requieren los archivos .cer y .key de la persona moral, así como la contraseña de la clave privada.

Cuando la efirma venció hace un año o más, cambió el representante legal, la denominación o razón social, o el régimen de capital, puede ser necesario actualizar el expediente y realizar el trámite presencial conforme al procedimiento indicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Lo mismo aplica cuando la autoridad requiere actualizar la información de sus registros.

Antes de iniciar, conviene verificar los requisitos vigentes y confirmar que la información de la persona moral, su representante legal y sus socios o integrantes se encuentre actualizada.

¿Cómo saber si tengo efirma y si todavía está vigente?

Puedes consultar si existe un certificado de efirma asociado a tu RFC y comprobar si los archivos que conservas continúan vigentes mediante los servicios electrónicos del SAT.

Para consultar si tienes un certificado

Ingresa al Sistema de recuperación de certificados del SAT y realiza la búsqueda utilizando tu RFC o el número de serie del certificado. El sistema permite localizar y descargar nuevamente el archivo público .cer.

Encontrar un certificado no significa necesariamente que siga vigente. Para comprobar su estado debes utilizar el servicio de validación.

Para validar la vigencia de la efirma

Ingresa al servicio oficial de validación de vigencia de la efirma y proporciona:

  • El certificado .cer.
  • La clave privada .key.
  • La contraseña de la clave privada.

El sistema mostrará si el certificado continúa vigente. Si aparece como vencido o revocado, deberás revisar el procedimiento de renovación o tramitar un nuevo certificado, según corresponda.

Si no conservas la clave privada .key o su contraseña, no podrás realizar esta validación con los archivos originales ni utilizar el procedimiento ordinario de renovación en línea.

¿Qué pasa si la efirma está vencida?

Una efirma vencida ya no puede utilizarse en los trámites que exigen un certificado vigente. Antes de realizar esos procedimientos, el contribuyente deberá renovarla mediante el canal que corresponda.

Efectos del vencimiento

El vencimiento puede:

  • Impedir la presentación de solicitudes, declaraciones o trámites que requieran específicamente una efirma vigente.
  • Generar retrasos operativos mientras se completa la renovación.
  • Afectar procesos empresariales que dependan de trámites digitales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) u otras instituciones.

Esto no impide acceder a todos los servicios electrónicos. Algunos trámites del SAT permiten ingresar mediante la Contraseña, mientras que otras autoridades pueden utilizar mecanismos propios de autenticación.

Si perdiste los archivos o la contraseña

Perder la clave privada .key o su contraseña es distinto del vencimiento. Si no conservas estos elementos, es posible que no puedas utilizar el procedimiento de renovación en línea y debas acudir a una oficina del SAT para obtener un nuevo certificado.

Si la clave privada fue comprometida

Si sospechas que otra persona tuvo acceso a la clave privada o a su contraseña, conviene solicitar la revocación del certificado y tramitar una nueva efirma. Esta medida corresponde a un posible riesgo de uso no autorizado, incluso cuando el certificado todavía esté vigente.

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¿Puedo recuperar o descargar los archivos de mi efirma?

La posibilidad de recuperar los archivos depende del elemento perdido. El certificado público .cer puede descargarse nuevamente, pero la clave privada .key y su contraseña no pueden recuperarse.

Archivo o dato perdido ¿Se puede recuperar? ¿Qué hacer?
Certificado .cer Descargarlo mediante el Sistema de recuperación de certificados del SAT, utilizando el RFC o el número de serie.
Clave privada .key No Tramitar una nueva efirma.
Contraseña de la clave privada No Tramitar una nueva efirma.
Todos los archivos o posible compromiso de seguridad No Revocar el certificado vigente, cuando corresponda, y obtener uno nuevo.

El SAT permite consultar y descargar el certificado .cer sin autenticación porque se trata de la parte pública del certificado.

Si perdiste la clave privada .key, olvidaste su contraseña o sospechas que esos elementos quedaron expuestos, deberás obtener una nueva efirma. Cuando exista riesgo de uso no autorizado, también es necesario solicitar la revocación del certificado anterior.

¿Cómo revocar la efirma por robo o uso no autorizado?

Si sospechas que alguien obtuvo acceso a la clave privada .key o a su contraseña, debes solicitar la revocación del certificado para evitar que siga utilizándose.

La revocación puede realizarse en línea o presencialmente conforme a la ficha 107/CFF: Solicitud de revocación de los Certificados.

¿Cómo revocar la efirma en línea?

  1. Ingresa a CertiSAT Web.
  2. Selecciona la opción “Revocación de certificado”.
  3. Carga el certificado activo .cer que deseas revocar.
  4. Confirma que el número de serie y el RFC sean correctos.
  5. Proporciona la contraseña y la clave privada .key.
  6. Selecciona la opción para revocar el certificado.
  7. Descarga y conserva el acuse de revocación.

Para realizar el procedimiento en línea debes conservar el certificado .cer, la clave privada .key y su contraseña. Si no cuentas con esos elementos, revisa la opción presencial señalada por el SAT.

¿Cuándo conviene revocarla?

La revocación es necesaria cuando:

  • La clave privada o su contraseña quedaron expuestas.
  • El equipo que contenía los archivos fue robado o comprometido.
  • Detectas un posible uso no autorizado.
  • El titular solicita cancelar el certificado.

Después de la revocación, deberás obtener una nueva efirma si necesitas seguir realizando trámites electrónicos.

¿Cómo gestionar la efirma de una empresa de forma segura?

Una gestión adecuada de la efirma requiere mantener el certificado vigente, limitar el acceso a sus archivos y definir quién puede autorizar cada uso. Estos controles ayudan a reducir interrupciones operativas y posibles usos no autorizados.

Riesgo o error Posible impacto Control recomendado
No contar con una efirma vigente Imposibilidad de realizar trámites que la exijan o de solicitar determinados certificados. Esto puede afectar indirectamente procesos como la facturación cuando se necesita gestionar el Certificado de Sello Digital (CSD). Registrar la fecha de vencimiento y programar la renovación con anticipación.
Asignar o compartir la efirma sin controles Uso por personas sin facultades, falta de trazabilidad y riesgo de operaciones no autorizadas. Definir al representante legal, a los responsables de custodia y las autorizaciones necesarias para cada trámite.
Compartir la clave privada .key o su contraseña Pérdida del control sobre la identidad digital de la organización. Restringir el acceso, evitar credenciales compartidas y utilizar mecanismos seguros de almacenamiento.
No documentar el uso de la efirma Dificultad para identificar quién realizó un trámite o autorizó una operación. Mantener una bitácora con fecha, responsable, finalidad y operación realizada.
No capacitar al personal autorizado Errores en trámites, exposición de archivos o incumplimiento de los controles internos. Capacitar únicamente a las personas que intervienen en la autorización, custodia o uso técnico.
No actuar ante una posible exposición Riesgo de uso indebido del certificado mientras continúe vigente. Revocar el certificado cuando exista compromiso de seguridad y tramitar una nueva efirma.

La custodia técnica de los archivos no sustituye las facultades del representante legal ni autoriza por sí sola a firmar en nombre de la persona moral.

¿Debe Recursos Humanos solicitar la efirma de los empleados?

En términos generales, no. Recursos Humanos no necesita solicitar la efirma completa de los colaboradores para administrar contratos laborales, recibos, políticas internas, evaluaciones de desempeño u otros documentos corporativos.

La efirma identifica a su titular y está integrada por elementos con características diferentes:

  • Clave privada .key y contraseña: son elementos sensibles que permiten utilizar la firma y deben permanecer bajo el control exclusivo del titular.
  • Certificado .cer: contiene información pública del certificado. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite consultarlo y descargarlo mediante el RFC o el número de serie, sin autenticación.

Que el certificado .cer sea público no significa que Recursos Humanos deba recopilarlo o almacenarlo sin una finalidad concreta.

¿Cuándo podría utilizarse la efirma del empleado?

Un colaborador puede utilizar personalmente su efirma cuando una autoridad, plataforma o procedimiento específico la requiera. En ese supuesto, la empresa debe definir la finalidad, el trámite y las personas autorizadas para intervenir.

Esto no implica que el empleado deba entregar a la empresa su archivo .key o la contraseña de la clave privada.

Buenas prácticas para Recursos Humanos

Para reducir riesgos de seguridad, es recomendable que la empresa:

  • No solicite ni conserve la clave privada .key o su contraseña como parte habitual del expediente laboral.
  • Utilice plataformas de firma electrónica adecuadas para la documentación interna cuando la efirma del SAT no sea un requisito.
  • Documente la finalidad y autorización cuando un procedimiento requiera la participación de la efirma del trabajador.
  • Limite el acceso a cualquier certificado o información recopilada.
  • Diferencie los certificados de los empleados de la efirma perteneciente a la persona moral.

Estas medidas son buenas prácticas de seguridad y gestión interna; no deben presentarse como una prohibición legal aplicable a todos los casos.

¿Por qué la efirma es importante para una empresa?

La efirma forma parte de la identidad digital de una empresa y puede ser necesaria para realizar trámites fiscales, administrativos y corporativos. Por ello, mantenerla vigente, protegida y bajo controles claros ayuda a evitar interrupciones en procesos que dependen de su uso.

Más que conservar únicamente los archivos, la empresa debe definir responsables, restringir accesos y dar seguimiento a la fecha de vencimiento. Una gestión adecuada de la efirma contribuye a mantener la continuidad operativa y a reducir el riesgo de usos no autorizados.

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Preguntas frecuentes

¿Un becario necesita de efirma?

La efirma suele ser requerida para trámites formales y legales que involucran la representación de una persona física o moral. Por lo que un becario, en muchos casos, no necesita una efirma para realizar sus actividades académicas o recibir su beca. Sin embargo, podrían existir excepciones dependiendo de las instituciones y los requisitos específicos de cada programa.

¿Es necesaria una efirma en una caja de ahorros?

En algunos casos, la efirma puede ser utilizada para realizar trámites bancarios de manera electrónica, como la apertura de cuentas o la firma de contratos. Aunque no es un requisito universal para todas las operaciones en una caja de ahorros. Lo recomendable es consultar directamente con la institución financiera para conocer sus procedimientos específicos.

¿Existe alguna relación entre RENAPO y efirma?

Claro está que sí existe una relación indirecta. El Registro Nacional de Población (RENAPO) es la base de datos que contiene la información de todos los mexicanos. La efirma, al ser un certificado digital emitido por el SAT, utiliza algunos de los datos del RENAPO para su generación. Por lo tanto, la información dentro en el RENAPO es necesaria para obtener una efirma.

¿Cómo repercute la efirma en la pensión alimenticia?

La efirma es un mecanismo de firma electrónica y no está vinculada directamente a los procesos de fijación o pago de pensión alimenticia. Pues estos trámites se rigen por las leyes civiles y familiares de cada entidad federativa.

¿El puesto de trabajo está ligado a la efirma?

Está claro que no existe una relación directa. Ya que la efirma es una herramienta personal que puede ser utilizada por cualquier persona, independientemente de su puesto de trabajo. Sin embargo, en algunos empleos que involucran trámites electrónicos o firma de documentos digitales, la efirma puede ser un requisito adicional.

¿La efirma repercute en el ISSSTE?

La efirma es un mecanismo de firma electrónica y no influye en los trámites del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Pero es posible que en algunos trámites específicos, como la firma de documentos digitales, se requiera el uso de la efirma.

¿Para usar el IMSS Desde Su Empresa (IDSE) es necesaria la efirma?

No necesariamente. El portal IMSS Desde Su Empresa (IDSE) permite ingresar utilizando los archivos de la efirma del SAT. En ese caso, debe capturarse como usuario el RFC de la empresa representada.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) también cuenta con un mecanismo propio de firma digital compuesto por el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE), un certificado digital, usuario y contraseña. La empresa debe utilizar el mecanismo habilitado para el trámite y registro patronal correspondiente.

Fuentes oficiales consultadas

  • Servicio de Administración Tributaria: generación, renovación, validación, recuperación y revocación de certificados de efirma.
  • Ley de Firma Electrónica Avanzada, texto vigente.
  • Código Fiscal de la Federación, texto vigente.
  • Instituto Mexicano del Seguro Social: IDSE, firma digital, certificado digital y NPIE.

La información fue verificada en fuentes oficiales vigentes a la fecha de actualización de este artículo.

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