Empresa, cuándo y cómo hacer tu cambio de domicilio fiscal ante el SAT

Mantener tus datos de residencia en el Servicio de la Administración Tributaria (SAT) no es solamente útil para recibir comunicados o tener en orden nuestra documentación fiscal. Por el contrario, declarar tu domicilio fiscal ante el SAT es un requisito establecido en el Artículo 10 del Código Fiscal de la Federación (CFF). 

De acuerdo con el decreto, todas las personas, tanto físicas como morales, que realicen actividades económicas en el país deben tener registrado un domicilio ante el SAT.  

Descubre por qué es tan importante contar con esta información y qué pasos debes seguir para actualizar tus datos y evitarte de problemas con la autoridad. 

Tabla de contenidos

  1. ¿Qué es el domicilio fiscal?
  2. ¿Cuándo debe presentarse el aviso de cambio de domicilio fiscal al SAT?
  3. Cómo realizar el trámite de cambio de domicilio en el SAT

¿Qué es el domicilio fiscal? 

El domicilio fiscal es el lugar físico en el que es posible localizar a un contribuyente y funge como su ubicación de referencia.

El CFF establece que las personas físicas pueden registrar como domicilio fiscal:

  • El local que resguarda la sede principal de un negocio cuando se realizan actividades empresariales.
  • El local utilizado para el desempeño de actividades económicas.
  • La casa habitación del contribuyente cuando no cuente con un local para ejecutar sus actividades empresariales o económicas.

Por su parte, las personas morales pueden dar de alta como domicilio fiscal: 

  • El local que resguarda la administración principal del negocio cuando residan en el país.
  • En caso de ser residentes en el extranjero, el establecimiento en donde se encuentre la administración principal del negocio en el país. 

 En este mismo artículo se establece que aquellas personas que no hayan designado un domicilio fiscal, que hayan dado de alta uno distinto al que les corresponda o que hayan manifestado un domicilio ficticio, se harán acreedoras a revisión por parte de la autoridad fiscal y, en su caso, al pago de multas. 

Estas sanciones también se aplicarán cuando una persona física o moral cambie de domicilio y no dé aviso al SAT. Las multas correspondientes van de los $3,870.00 a los $11,600.00.

¿Cuándo debe presentarse el aviso de cambio de domicilio fiscal al SAT? 

De acuerdo con el Artículo 29 del CFF, tanto las personas físicas como las morales que cambien de domicilio fiscal deberán presentar el aviso correspondiente dentro de los diez días posteriores al día del cambio.

El SAT no impone un límite en el número de veces que el contribuyente pueda mudar su domicilio fiscal, pero sí exige que, en cada modificación en su dirección, se presente el aviso dentro de los plazos establecidos. 

Ten en cuenta que para el año 2023 será necesario llevar a cabo la actualización de tu domicilio fiscal o, de lo contrario, no podrás emitir facturas en el formato CFDI 4.0. 

Cómo realizar el trámite de cambio de domicilio en el SAT

Existen dos vías para llevar a cabo el trámite de cambio de domicilio ante el SAT. La primera opción es realizarlo en las oficinas de la administración tributaria, mientras que la otra alternativa consiste en hacer el trámite completamente en línea.

Trámite por internet:

  1. Ingresar al portal de cambio de domicilio del SAT
  2. Acceder con tu RFC y contraseña.
  3. Modificar los datos requeridos
  4. Firmar el trámite con tu e.firma
  5. Imprimir el acuse de actualización

En esta modalidad no se requiere presentar ninguna documentación, pero para poder completar el proceso es necesario contar con contraseña y e.firma. Además, el SAT indica que “las personas físicas que se encuentren en suspensión por defunción, así como aquellas que no hayan proporcionado la información suficiente relacionada con su identidad, domicilio y en general sobre su situación fiscal, no pueden realizar el cambio de domicilio ante el SAT por Internet”. En estos casos, deberás llevar a cabo el trámite presencialmente. 

Trámite presencial:

  1. Agendar una cita por teléfono o por el portal del SAT.
  2. Acudir a las oficinas del SAT con comprobante del nuevo domicilio fiscal, identificación oficial vigente y poder notarial, en caso de representar a una personalidad jurídica.
  3. Entregar la documentación y firmar la solicitud.
  4. Conservar el acuse de actualización.

Ten en cuenta que en ambos casos el trámite es completamente gratuito. 

Una vez que hayas finalizado el trámite de cambio de domicilio, el SAT evaluará la solicitud y en un plazo no mayor a cinco días te notificará si los documentos están en orden y si ha procedido el cambio. En caso de que la documentación no acredite el cambio de domicilio fiscal, deberás presentar nuevamente el trámite, quedando sujeto a sanciones en caso de haber superado el margen de tiempo para la presentación del aviso.

En caso de ser aprobada, tu acuse de actualización de situación fiscal será tu comprobante del trámite.

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Buzón tributario desde cero | Runa HR

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