Tabla de contenidos
- ¿Qué es un seguro para trabajadores por accidentes?
- ¿Cómo funciona?
- ¿Qué cubre este seguro?
- Porcentajes de indemnización
Sabemos que al momento de inscribir al empleado ante el IMSS, éste tiene derecho a incapacidad por enfermedad o accidente así como indemnizaciones según la gravedad. Pero toda incapacidad debe pasar por un análisis del Seguro Social para determinar su gravedad, tiempo de reposo y si es aplicable una indemnización.
Como todos somos humanos y a veces nos toca también padecer un accidente, entendemos lo importante de contar con un seguro contra accidentes.
¿Qué es un seguro para trabajadores por accidentes?
Es el tipo de seguro protege a los empleados en caso de que sufran algún accidente dentro de las instalaciones de la empresa, o fuera de ella realizando alguna actividad laboral encomendada, así como los traslados de la casa al trabajo y viceversa.
¿Cómo funciona?
La aseguradora paga una cantidad asegurada al beneficiario, en caso de que el asegurado sufra un accidente por riesgo de trabajo. Sin embargo, la suma asegurada dependerá del nivel de afectación que haya sufrido el empleado. Por ejemplo, puede ser desde la pérdida de un dedo hasta la muerte del empleado.
¿Qué cubre este seguro?
La cobertura contempla lo siguiente:
- Muerte Accidental (cobertura básica): Si el empleado asegurado pierde la vida como consecuencia de un accidente, entonces, la aseguradora pagará al beneficiario, la suma asegurada de acuerdo a la póliza contratada.
- Pérdidas orgánicas (cobertura adicional): Si el empleado asegurado sobrevive al accidente, pero como consecuencia pierde uno o varios miembros de su cuerpo, entonces la aseguradora pagará el porcentaje de la suma asegurada según la escala correspondiente. Las aseguradoras manejan unas escalas de porcentajes de indemnización según el órgano afectado. Estas escalas son de tipo “A” o “B”.
Porcentajes de indemnización
A continuación, mostramos la tabla B que es la más completa en los porcentajes de indemnización.
Por la pérdida de: | % de S.A. |
Ambas manos, o pies o la vista de ambos ojos | 100% |
Una mano y un pie | 100% |
Una mano o un pie y la vista de un ojo | 100% |
Una mano o un pie | 50% |
Un pie | 50% |
La vista de un ojo | 30% |
Amputación parcial de un pie, comprendiendo todos los dedos | 30% |
Tres dedos, comprendiendo el pulgar o el índice de una mano | 30% |
Tres dedos que no sean el pulgar o el índice de una mano | 25% |
El pulgar y otro dedo que no sea el índice de una mano | 25% |
Sordera total de los oídos | 25% |
El índice y otro dedo que no sea el pulgar de una mano | 20% |
El pulgar de cualquier mano | 15% |
El índice de cualquier mano | 10% |
El dedo medio, el anular o el meñique | 5% |
Una vez haya sucedido el accidente, el seguro cubre al trabajador de la siguiente manera:
Indemnización diaria por incapacidad total o parcial (cobertura adicional)
Si el empleado asegurado sobrevive al accidente, pero como consecuencia queda incapacitado para el desempeñar sus labores diarias propias de su ocupación, entonces, la aseguradora pagará durante el periodo de incapacidad una indemnización diaria. La incapacidad puede ser total o parcial y cada una implica diferentes condiciones para el pago de la indemnización determinados por la aseguradora.
Reembolso de Gastos Médicos por accidente (cobertura adicional)
Si el empleado asegurado sobrevive al accidente y como consecuencia éste tuviera que someterse a tratamiento médico o intervención quirúrgica, o requiera hospitalización o hacer uso de los servicios de enfermería, ambulancia y medicamentos, la aseguradora reembolsará todos los gastos hasta la cantidad que indique el contrato de seguro.
Reembolso de gastos funerarios por muerte accidental (cobertura adicional)
Si el empleado asegurado muere por causa del accidente sufrido, entonces, la aseguradora reembolsará a los beneficiarios, los gastos producidos por motivo de gastos funerarios (sepelio o incineración, por transporte del cadáver o de las cenizas) con límite hasta la suma asegurada designada para este beneficio para la familia del difunto.