Régimen de Plataformas Digitales: ¿Qué es? ¿Cómo se declaran?

Tabla de contenidos

  1. ¿Qué es el régimen de plataformas digitales? 
  2. ¿Cómo se declaran los ingresos de plataformas digitales?
  3. ¿Quiénes pueden utilizar este régimen? 
    • - Servicios digitales que se incluyen en el régimen de plataformas digitales 
  4. ¿Cuáles son las obligaciones del régimen de plataformas digitales?
    • - ¿Cuál es el régimen fiscal 625?
  5. Régimen de plataformas digitales y RESICO: ¿se pueden combinar? 
  6. ¿Cómo hacer los comprobantes del régimen de plataformas digitales?
  7. La declaración anual del régimen de plataformas digitales 
  8. Preguntas frecuentes:

Hoy en día gran parte de las actividades que sostienen a las economías se llevan a cabo a través de plataformas digitales. Ya sea mediante un distribuidor online o una aplicación, existen muchos negocios que utilizan estas plataformas para vender sus productos u ofrecer sus servicios.

Si te encuentras en esta situación, lo más probable es que hayas escuchado acerca de un régimen tributario diseñado para los contribuyentes que generan ingresos por medio de estas plataformas. Se trata del Régimen de Plataformas Digitales o Tecnológicas. 

Continúa leyendo para saber de qué se trata este régimen, quiénes deben estar adscritos a él y qué obligaciones fiscales implica.

¿Qué es el régimen de plataformas digitales? 

El régimen de plataformas digitales es una modalidad de inscripción en la Secretaría de Administración Tributaria (SAT) diseñado para que toda aquella persona física que obtiene ingresos a través de aplicaciones y plataformas digitales declare sus ganancias y realicen el pago de impuestos correspondientes a su actividad.

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¿Cómo se declaran los ingresos de plataformas digitales?

Aquí te indicamos los pasos generales para declarar los ingresos de plataformas digitales ante el SAT:

  1. Obtención del Registro Federal de Contribuyentes (RFC): Antes de comenzar a declarar ingresos, la plataforma digital debe obtener un Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como persona moral o persona física con actividad empresarial, según corresponda.
  2. Registro ante el SAT: La plataforma digital debe registrarse ante el SAT como contribuyente. Esto puede hacerse en línea a través del portal del SAT o acudiendo personalmente a las oficinas correspondientes, haciendo un registro a través de SAT citas.
  3. Emisión de comprobantes fiscales: La plataforma digital debe emitir comprobantes fiscales por los ingresos que genere. Estos comprobantes deben cumplir con los requisitos establecidos por el SAT y deben entregarse a los clientes o usuarios de la plataforma.
  4. Declaración de impuestos: La plataforma digital debe presentar declaraciones periódicas ante el SAT en las que informe sobre los ingresos generados y pague los impuestos correspondientes. Esto generalmente se hace a través del portal electrónico del SAT, utilizando el programa electrónico disponible para la presentación de declaraciones.
  5. Pago de impuestos: Con base en la información proporcionada en las declaraciones, la plataforma digital debe calcular y pagar los impuestos correspondientes y otras contribuciones fiscales, según sea aplicable.
  6. Llevar registros contables: Es importante que la plataforma digital mantenga registros contables adecuados y actualizados de sus ingresos y gastos, así como de cualquier otra información relevante para efectos fiscales. Estos registros pueden ser solicitados por el SAT en caso de una revisión o auditoría fiscal.

Es fundamental cumplir con todas las obligaciones fiscales establecidas por el SAT para evitar sanciones y multas por incumplimiento. Se recomienda consultar con un contador o asesor fiscal para obtener orientación específica sobre cómo cumplir con las obligaciones fiscales estando bajo el régimen de plataformas digitales.

¿Quiénes pueden utilizar este régimen? 

A este régimen deben estar inscritas todas las personas que prestan servicios, que venden productos o que permitan el uso de bienes por medio de plataformas digitales, ya sean aplicaciones móviles o sitios web propios o de terceros. 

Servicios digitales que se incluyen en el régimen de plataformas digitales 

Los servicios digitales que contempla este régimen son, entre otros:

  • Transporte terrestre de pasajeros
  • Entrega de alimentos (servicios de delivery)
  • Hospedaje
  • Comercio de bienes
  • Descarga o acceso a contenido digital
  • Clubes en línea y páginas de citas
  • Enseñanza a distancia

Desde el año 2020 las empresas extranjeras que prestan servicios digitales en México están obligadas al pago del Impuesto de Valor Agregado (IVA). Algunas de las empresas más populares adscritas a este régimen de plataformas digitales son Airbnb, Amazon, Apple, Uber y Zoom.

¿Cuáles son las obligaciones del régimen de plataformas digitales?

Dentro de las obligaciones del régimen de plataformas digitales se encuentran:

  • Detallar el costo de sus productos o servicios, incluyendo el IVA por separado.
  • Cumplir con el pago de impuestos dentro de los plazos establecidos.
  • Presentar declaraciones fiscales mensuales y anuales.
  • Emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a sus clientes.
  • Mantener los CFDI que evidencien las retenciones realizadas por las plataformas.

¿Cuál es el régimen fiscal 625?

El régimen fiscal 625, agregado el 25 de mayo de 2020, se llama “Régimen de las Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas”. Está dirigido a personas físicas que ganan dinero usando aplicaciones móviles o sitios web. Esto significa que ahora tienen un conjunto específico de reglas fiscales para cumplir. Esto proporciona claridad y facilita el cumplimiento de las responsabilidades tributarias para aquellos que obtienen ingresos a través de plataformas tecnológicas.

Régimen de plataformas digitales y RESICO: ¿se pueden combinar? 

Debido a que son dos regímenes distintos, un mismo contribuyente no puede estar dado de alta en ambos al mismo tiempo. Además, si la persona física realiza actividades económicas a través de plataformas digitales estará imposibilitada para darse de alta en el RESICO.

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) está diseñado para que los contribuyentes con ingresos menores a 3.5 millones de pesos anuales realicen sus declaraciones y pagos de impuestos. Este régimen es incompatible con las actividades que desempeñan aquellas personas físicas que obtienen ingresos a través de plataformas digitales, ya que estas actividades conllevan el pago de Impuesto Sobre Renta (ISR).

Es importante tomar en consideración que en este régimen solo pueden darse de alta los contribuyentes que reciben su pago por medio de la plataforma digital y no mediante un pago directo de cuenta a cuenta. En caso de hacerlo así, el contribuyente deberá declarar pagos provisionales de impuestos a través de otro régimen.

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¿Cómo hacer los comprobantes del régimen de plataformas digitales?

Para cumplir con las obligaciones fiscales de este régimen, las empresas que prestan sus servicios en el territorio nacional deben emitir los comprobantes de pago por las contraprestaciones en donde se indique el monto de IVA trasladado. Este comprobante debe enviarse a los usuarios que lo soliciten.

Los comprobantes deben incluir:

  • Denominación o razón social del emisor
  • Lugar de expedición
  • Clave de registro tributario de quien expide
  • Monto del servicio sin IVA
  • IVA por el servicio
  • Concepto o descripción del servicio
  • Fecha de expedición
  • RFC del receptor

La declaración anual del régimen de plataformas digitales 

Las personas físicas adscritas al régimen de plataformas digitales que perciban ingresos menores a $300,000.00 anuales, y que no tengan otra fuente de ingresos por salarios o intereses, tienen la posibilidad de presentar únicamente su declaración de pagos definitivos. Esto significa que no necesitan declarar pagos provisionales ni presentar la declaración anual, pues la plataforma digital ya habrá retenido los impuestos a pagar.

Si, por el contrario, el contribuyente percibe ingresos superiores a los $300,000.00 anuales, o si tiene alguna otra actividad económica, deberá presentar sus declaraciones provisionales mensuales y la declaración anual. 

Las nuevas actividades económicas piden nuevos regímenes que consideren a quienes las llevan a cabo y quienes las utilizan en su vida diaria. Recuerda que las actividades digitales son el motor de muchas de las operaciones comerciales del presente, por lo que es importante mantener su control y cumplir con las obligaciones fiscales que determine la autoridad.

Preguntas frecuentes:

¿Debe hacerse alguna modificación al régimen de plataformas digitales por el Salario Diario Integrado (SDI)?

A partir del 1 de enero de 2024, el régimen de plataformas digitales no considera el Salario Diario Integrado (SDI) para calcular las cuotas obrero-patronales de seguridad social.

En cambio, se utiliza el monto total de los ingresos netos percibidos por el trabajador en la quincena o mes, sin considerar alguna deducción o prestaciones.

Esta modificación no afecta:

¿El registro de las semanas cotizadas es diferente bajo el régimen de plataformas digitales?

El registro de las semanas cotizadas en el régimen de plataformas digitales no es diferente al de otros regímenes del IMSS. Las semanas cotizadas se registran con base en los días efectivamente trabajados y remunerados al trabajador.

Es importante recordar que:

¿Se puede dar de alta en el IMSS o ISSSTE estando en el régimen de plataformas digitales?

Los trabajadores independientes que tributan en el régimen de plataformas digitales no pueden darse de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Sin embargo, sí pueden hacerlo en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), siempre que cumplan con los requisitos de elegibilidad.

¿La remuneración es distinta bajo el régimen de plataformas digitales?

La remuneración en el régimen de plataformas digitales se basa en los ingresos netos percibidos por el trabajador en la quincena o mes. Estos ingresos no incluyen deducciones o prestaciones.

Es importante recordar que los trabajadores independientes no tienen derecho a aguinaldo, vacaciones pagadas ni días de descanso.

¿Se cuenta con prima de antigüedad o la prima vacacional con el régimen de plataformas digitales?

Los trabajadores independientes que tributan en el régimen de plataformas digitales no tienen derecho a prima de antigüedad ni prima vacacional. Esto se debe a que no son considerados como trabajadores asalariados.

¿Dentro de las NOM-035 o NOM-037 se hace mención sobre el régimen de plataformas digitales?

Las NOM 035 y NOM 037 no hacen mención específica al régimen de plataformas digitales. Sin embargo, las disposiciones generales de estas normas sí aplican a los trabajadores independientes que tributan en este régimen.

¿El Impuesto Sobre la Nómina (ISN) también aplica para el régimen de plataformas digitales?

Sí, el Impuesto Sobre la Nómina (ISN) aplica para el régimen de plataformas digitales. Las plataformas digitales, al ser considerados patrones, tienen la obligación de retener y enterar el ISN por las remuneraciones que pagan a sus trabajadores. La tasa del ISN varía según el estado de la República Mexicana, siendo del 2% al 3%.

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