Hay un momento en que el trabajo deja de ser el centro del día y ahí es cuando entra en juego la pensión. Cuando una persona cumple con los requisitos que marca la ley, puede pedir formalmente su pensión al IMSS. Es un derecho que se construyó con años de aportaciones constantes, tanto del trabajador como de la empresa.
Pero —y aquí viene el tema que realmente nos importa— ese monto no siempre alcanza para vivir bien o al menos, no como muchos imaginan. Desde recursos humanos, este punto no se puede ignorar. Porque cuando alguien en la plantilla se acerca al retiro, la conversación sobre su pensión deja de ser teoría.
Entonces vale la pena tener bien claro qué implica este sistema, cómo funciona, qué requisitos se deben cumplir y qué se puede hacer desde la empresa para que el proceso no se vuelva una pesadilla para quien se jubila.
¿Qué es una pensión?
Cuando hablamos de pensión, no es solo una cifra mensual. Es esa prestación económica que llega cada mes como resultado de haber cumplido con todo lo que marca la Ley del Seguro Social, pero ojo, no se entrega en cualquier momento ni por cualquier motivo. Solo aplica cuando el trabajador pasa por una situación que la ley ya tiene bien definida:
- Un accidente en el trabajo
- Una enfermedad fuera del trabajo que lo deje sin poder laborar
- O simplemente cuando llega el momento del retiro, a partir de los 60 años
No es automático ni garantizado por buena voluntad. Se necesita haber cotizado correctamente y cumplir con ciertos requisitos que la misma ley establece. Ahora bien, si hablamos de pensiones IMSS, hay que saber cómo se construyen. Los trabajadores del sector privado cotizan directamente en el IMSS, que es, sin duda, el pilar de la seguridad social en México, pero no todo lo hace el IMSS solo.
Ese dinero no se queda guardado en una caja fuerte del gobierno. Se deposita en cuentas individuales que administra una AFORE. Sí, esas famosas Administradoras de Fondos para el Retiro, que están supervisadas de cerca por la CONSAR y para que ese fondo crezca (o al menos se mantenga), las aportaciones salen de tres lados:
- El trabajador
- La empresa
- Y el Gobierno Federal
Todos meten su parte, aunque no en la misma proporción. Conviene tener claro cómo se reparten estas cargas, porque tarde o temprano, toca explicárselo a alguien del equipo y más vale que no nos agarren en curva.
¿Qué tipos de pensiones existen en México?
No todas las pensiones son iguales y eso en México está clarísimo. Dependiendo de lo que ocurra con la persona asegurada —edad, salud, accidentes o incluso fallecimiento— el IMSS activa diferentes tipos de prestaciones. Conviene tener esto mapeado, porque el impacto administrativo y humano en la empresa puede ser considerable. Vamos por partes.
1. Pensión por vejez y cesantía en edad avanzada
Es uno de los tipos de pensión más comunes dentro del IMSS. Aplica cuando la persona trabajadora alcanza cierta edad y cumple con el mínimo de semanas cotizadas requeridas por la ley. En México existen dos modalidades principales:
- Cesantía en edad avanzada: disponible a partir de los 60 años
- Pensión por vejez: aplicable desde los 65 años
Los requisitos cambian dependiendo del régimen pensionario al que pertenezca la persona trabajadora.
2. Pensión por riesgo de trabajo
Aquí la causa no es la edad, sino lo que pasó en el trabajo. Un accidente o una enfermedad causada directamente por las actividades laborales. Para acceder, se necesita un dictamen médico que lo respalde y no cualquiera, uno que demuestre incapacidad permanente (ya sea total o parcial). Este tipo de pensión puede ser un tema delicado, sobre todo en industrias con exposición a riesgos operativos.
3. Pensión por invalidez
No todo accidente pasa dentro del trabajo. Cuando el trabajador sufre una afectación física o mental por causas externas que le impiden seguir trabajando al mismo nivel, puede pedir esta pensión. La ley marca como límite que no pueda desempeñar al menos el 50 por ciento de lo que hacía en su último año de trabajo. El punto clave es que el origen del problema debe ser ajeno a su actividad profesional.
4. Pensión por viudez y orfandad
La pensión por viudez y orfandad aplica cuando una persona trabajadora o pensionada fallece. En estos casos, el IMSS puede otorgar una pensión a sus beneficiarios legales, como el cónyuge, concubina o concubinario, así como a los hijos. En el caso de la pensión por orfandad, los hijos pueden recibir este apoyo:
- Hasta los 16 años de edad
- Hasta los 25 años si continúan estudiando en instituciones reconocidas por el Sistema Educativo Nacional
- Sin límite de edad cuando existe una incapacidad que les impida mantenerse por sí mismos
La pensión por viudez se mantiene mientras se cumplan los requisitos establecidos por la ley. Cuando la persona beneficiaria fallece, ese derecho se extingue y no puede heredarse a terceros.
¿Cuáles son los regímenes de pensiones IMSS?
Cuando se trata de pensiones IMSS, hay una pregunta que no puede faltar: ¿Desde cuándo empezaste a cotizar? Y no es solo por curiosidad, esa fecha define todo. Porque hoy en día hay dos regímenes distintos, con reglas completamente diferentes.
Régimen de 1973: Cotización antes del 1° de julio de 1997.
Las personas que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 entran a este régimen. Aunque se trata de un esquema anterior, todavía existen colaboradores activos bajo estas reglas. Especialmente en empresas con plantillas de mayor antigüedad. En este régimen, los principales requisitos son:
- Tener al menos 500 semanas cotizadas
- Cumplir con la edad mínima para pensionarse:
- 60 años para cesantía en edad avanzada
- 65 años para pensión por vejez
El monto de la pensión se calcula principalmente con base en:
- El promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente los últimos 5 años)
- El número de semanas acumuladas
- La edad al momento del retiro
En conclusión, este tiene condiciones más favorables para los trabajadores en comparación con el sistema actual.
Régimen de 1997: Cotización a partir del 1° de julio de 1997.
Las personas que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997 pertenecen al régimen administrado mediante cuentas individuales de AFORE. Aquí el modelo cambia por completo. La pensión depende principalmente de los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador, incluyendo:
- Aportaciones obligatorias
- Aportaciones voluntarias
- Rendimientos generados por la AFORE
Para pensionarse en este régimen se requiere:
- Cumplir con la edad mínima:
- Entre 60 y 64 años para cesantía en edad avanzada
- 65 años para pensión por vejez
- Contar con el mínimo de semanas cotizadas requeridas por la ley
- Tener actualizado el expediente de identificación en la AFORE
Tras la reforma a la Ley del Seguro Social de 2020, el número mínimo de semanas comenzó en 750 durante 2021 y aumenta gradualmente cada año hasta llegar a 1,000 semanas en 2031. Para 2026, el requisito será de 875 semanas cotizadas.
¿Cuando un trabajador se pensiona le dan todo su AFORE?
Al pensionarse, el trabajador no recibe de golpe “todo su AFORE” en efectivo, sino que el destino de ese dinero depende del régimen bajo el cual cotizó al IMSS y del esquema de pensión que elija o le corresponda. En México existen dos leyes que definen el tema:
1. Ley 73 (para quienes comenzaron a cotizar antes del 1° de julio de 1997):
En este régimen, la pensión se calcula principalmente con base en:
- El salario promedio de cotización
- Las semanas cotizadas
- La edad de retiro
Aunque la persona trabajadora sí tiene una cuenta AFORE, los recursos funcionan como complemento del sistema pensionario. Al momento de pensionarse, algunos fondos pueden retirarse en una sola exhibición, como:
- Recursos del SAR 92
- Aportaciones de vivienda no utilizadas del INFONAVIT
- Otros recursos disponibles según el caso
2. Ley 97 (para quienes comenzaron a cotizar a partir del 1° de julio de 1997):
Aquí la pensión depende directamente del ahorro acumulado en la cuenta individual de AFORE, incluyendo aportaciones obligatorias, voluntarias y rendimientos generados. Al pensionarse, la persona trabajadora puede acceder a distintos esquemas, entre ellos:
- Renta vitalicia. Una aseguradora administra los recursos y paga una pensión mensual de por vida
- Retiros programados. Lla AFORE administra el saldo y realiza pagos periódicos conforme a los recursos disponibles
- Pensión mínima garantizada, En ciertos casos, cuando se cumplen los requisitos legales pero el ahorro acumulado es insuficiente
Además, algunos recursos específicos sí pueden retirarse en una sola exhibición, dependiendo de lo que establezca la ley y del saldo disponible en determinadas subcuentas.
En resumen, sí puedes retirar parte de tu AFORE en una sola exhibición, pero no todo de forma libre. El grueso de ese dinero está diseñado para convertirse en pensión mensual, ya sea por medio del IMSS o de una aseguradora.
Por eso es clave revisar con anticipación el estado de tu cuenta, tus semanas cotizadas y hacer un cálculo aproximado de la pensión que podrías recibir. Así sabrás qué tanto podrás disponer directamente y qué parte quedará destinada a garantizar tu ingreso mensual en la etapa de retiro.
¿Qué se puede hacer con una pensión?
Las pensiones no solo sirven para vivir la jubilación con más calma. También tienen usos concretos que muchas veces pasan desapercibidos, sobre todo desde el ángulo de planeación financiera.
Una pensión bien gestionada puede ser una herramienta más para mejorar el ahorro a largo plazo y eso aplica tanto para los trabajadores como para las empresas que los acompañan en ese proceso. En lugar de pensarla sólo como un ingreso mensual de retiro, puede verse como parte de una estrategia de futuro.
Otra ventaja clave, que pocas veces se explica con claridad, es el tema fiscal. Con ciertos esquemas, es posible diferir el pago de impuestos, lo que representa un alivio significativo, especialmente en perfiles con ingresos variables o altos.
Conocer estos matices puede marcar la diferencia al hablar con alguien del equipo que esté cerca del retiro o incluso para diseñar beneficios complementarios que conecten con las expectativas reales de los colaboradores.
¿Cómo manejar las pensiones en la nómina?
En el día a día de la nómina, el tema de las pensiones no está tan lejos como parece. De hecho, está ahí, metido en cada recibo, bajo el concepto de “Cuotas IMSS”.
Cada vez que se genera la nómina, una parte del sueldo del trabajador se va directo a su cuenta de seguridad social. Ese porcentaje, que se descuenta automáticamente, forma parte de la base que construye su pensión a futuro. Así es como las pensiones IMSS comienzan a tomar forma desde el primer empleo formal.
Pero no todo sale del bolsillo del trabajador, el patrón también entra al juego y la parte que le toca pagar se hace visible al momento de cubrir las cuotas ante el IMSS. Ahí se desglosa cuánto puso el empleado y cuánto la empresa.
Ahora bien, más allá de lo obligatorio, hay un espacio interesante para quien quiera aportar más: las aportaciones voluntarias. No tienen un monto fijo, el trabajador decide cuánto quiere agregar y cada cuándo.
Desde recursos humanos, estas aportaciones también pueden gestionarse vía nómina. Solo hay que reflejarlas bajo el concepto correcto: “Aportaciones voluntarias” y, por supuesto, deben reportarse junto con las cuotas obrero patronales al IMSS.
¿A partir de qué año ya no hay pensiones IMSS?
Para entender hacia dónde van las pensiones IMSS, primero hay que aceptar una verdad incómoda, los millennials y centennials no se jubilarán como lo hicieron sus padres o sus abuelos.
Las reglas cambiaron desde 1997 y con ese cambio, se dejó atrás el sistema tradicional que operaba bajo la lógica de pensiones gestionadas directamente por el IMSS. Hoy, todo gira en torno a las cuentas individuales administradas por las AFORE.
Este giro no fue casual, tuvo que ver con una transformación demográfica que ya venía en marcha desde finales de los 90. La población comenzó a envejecer a un ritmo acelerado, y el modelo anterior ya no daba para más. Antes, el sistema funcionaba como una cadena de relevos, pocos jubilados, muchos trabajadores jóvenes, y una esperanza de vida más corta.
Fue ahí donde entraron las AFORE. Una forma de mover la responsabilidad directamente al trabajador, para que su pensión dependa del ahorro para el retiro acumulado en su cuenta personal.
Desde el punto de vista empresarial, esto cambia las reglas del juego, ya no se trata solo de dar prestaciones legales. Ahora también hay que pensar en cómo acompañar a los colaboradores más jóvenes para que no lleguen a los 60 sin nada.
¿Qué es la modalidad 40 del IMSS?
La Modalidad 40 del IMSS, también conocida como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite que una persona siga cotizando al IMSS aun cuando ya no trabaja formalmente para una empresa. Su objetivo principal es conservar o mejorar las condiciones de pensión, especialmente en temas como:
- El salario promedio registrado ante el IMSS
- El número total de semanas cotizadas
Aunque puede ser utilizada por personas de distintos regímenes. Suele ser especialmente atractiva para quienes pertenecen al régimen de 1973. Es decir, quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Esto se debe a que, bajo ese esquema, la pensión se calcula considerando factores como el salario promedio de cotización y las semanas acumuladas. Por lo que incrementar ambos elementos puede mejorar significativamente el monto de la pensión.
¿Quién puede aplicar?
Para inscribirse en la Modalidad 40 es necesario:
- Haber cotizado previamente ante el IMSS
- Estar dado de baja del régimen obligatorio
- No haber pasado más de 5 años consecutivos sin cotizar
Además, la persona puede elegir el salario con el que desea continuar cotizando, siempre dentro de los límites permitidos por la ley.
¿Cómo impacta en la pensión?
La Modalidad 40 suele utilizarse como una estrategia de retiro para fortalecer la pensión futura, especialmente entre personas cercanas a la edad de jubilación. Por ejemplo, si alguien decide cotizar con un salario mayor al que tenía anteriormente, puede mejorar el cálculo de su pensión bajo el régimen de 1973. También permite seguir acumulando semanas cotizadas. Algo clave para quienes aún no cumplen los requisitos necesarios para pensionarse.
En el esquema de cesantía en edad avanzada del régimen de 1973, la edad influye directamente en el porcentaje de pensión que recibe la persona trabajadora.
- A los 60 años se recibe un porcentaje menor de la pensión
- Ese porcentaje aumenta gradualmente cada año
- A los 65 años puede alcanzarse el 100 % de la pensión correspondiente
¿Cuánto cuesta?
En 2026, el costo de la Modalidad 40 equivale aproximadamente al 12.256% del salario con el que decidas cotizar ante el IMSS. La persona puede elegir un Salario Base de Cotización (SBC) igual o superior al último salario registrado, aunque existe un límite máximo: no puede exceder 25 veces el valor diario de la UMA vigente.
Considerando una UMA diaria de $117.31 MXN para 2026, el SBC máximo permitido sería de: $117.31 × 25 = $2,932.75 MXN diarios
Sobre ese salario elegido se calcula el porcentaje correspondiente de aportación mensual. Mientras mayor sea el SBC seleccionado, mayor será la cuota a pagar, pero también puede aumentar el monto estimado de la pensión futura.
Este esquema vale la pena tenerlo presente. Es una herramienta que, bien explicada, puede marcar la diferencia para alguien del equipo que ya está pensando en su retiro bajo el régimen anterior.
¿Cómo tramitar la modalidad 40 del IMSS?
Existe la opción de seguir cotizando por cuenta propia a través de la Modalidad 40 y lo mejor es que el trámite no es complicado. Se puede hacer de dos formas: en línea o directamente en las oficinas del IMSS.
Si elige hacerlo en línea, el trabajador necesita:
- CURP
- Número de Seguridad Social (NSS)
- Un correo electrónico activo
El procedimiento arranca en el portal oficial del IMSS. Solo hay que buscar el trámite llamado “Solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio”, meter los datos que pide el sistema y seguir los pasos.
Si prefiere hacerlo presencial:
Hay que acudir a una de las 135 subdelegaciones del IMSS. En ese caso, los requisitos son los mismos que en línea, con algunos extras:
- Identificación oficial vigente
- Un escrito de solicitud con firma o huella
- Comprobante de domicilio actualizado
Una vez entregados todos los documentos, se presenta la solicitud y se realiza el pago correspondiente en el lugar.
Es útil tener este proceso claro, porque no faltan los casos en que alguien de la empresa deja su puesto y, semanas después, quiere saber cómo puede seguir cotizando. Tener la información lista y confiable es una forma de cerrar bien el ciclo laboral y también de aportar a su bienestar futuro.
¿Cómo saber si me puedo pensionar en el IMSS?
Para muchas personas trabajadoras que están cerca del retiro, una de las principales dudas es saber si ya cumplen con los requisitos necesarios para pensionarse ante el IMSS. Uno de los puntos más importantes es el número de semanas cotizadas.
Antes de la reforma de pensiones, el requisito mínimo para quienes pertenecen al régimen de la Ley de 1997 era de 1,250 semanas. Sin embargo, a partir de la reforma, este requisito se redujo temporalmente y comenzó a incrementarse gradualmente cada año.
En 2026, una persona bajo la Ley del Seguro Social de 1997 necesita al menos 875 semanas cotizadas para poder acceder a una pensión. Este requisito continuará aumentando 25 semanas por año hasta llegar a las 1,000 semanas en 2031.
Por otro lado, quienes pertenecen al régimen de la Ley de 1973 mantienen reglas distintas. En esos casos, generalmente se requieren 500 semanas cotizadas para acceder a la pensión correspondiente. Además, existen apoyos adicionales como la ayuda asistencial, que puede otorgarse en ciertos casos cuando la persona pensionada tiene dependientes económicos registrados, como pareja, hijos o padres.
Desde RRHH, entender estas diferencias resulta importante para orientar correctamente a las personas trabajadoras que se acercan al retiro y ayudarlas a planear mejor esta etapa.
¿Cómo saber cuantas semanas tengo?
Saber cuántas semanas tienes cotizadas en el IMSS no debería ser un misterio y afortunadamente, no lo es. Hoy se puede consultar esa información de dos formas: en línea o de manera presencial. Si alguien del equipo quiere hacerlo en línea, el camino más rápido es entrar al sitio web oficial del IMSS. Ahí se puede descargar la constancia de semanas cotizadas con solo tener a la mano:
- Número de Seguridad Social (NSS)
- CURP
- Y un correo electrónico activo
El sistema genera un documento en PDF con todo el historial registrado. Si se prefiere hacer presencial, también es válido. Solo hay que acudir a la subdelegación del IMSS que le corresponde al trabajador y solicitar ahí la constancia. No hay costo, pero sí conviene llevar una identificación oficial y algo de paciencia.
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