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Home » Case Studies » Aspectos legales » Incapacidad por maternidad
La incapacidad por maternidad se refiere a un derecho amparado por la ley en relación a la seguridad social de los trabajadores. En este caso, este plan de seguridad social se centra en la condición de embarazo al que las mujeres entran como situación natural de la vida, y la protección de sus ingresos económicos en el tiempo de embarazo. Se pensó así en pro de la protección que una mujer embarazada necesita, durante el embarazo e incluso luego del parto, momento en el que la madre se ve en la necesidad de lactar y suplir las necesidades de su bebé.
Todas estas situaciones se encuentran amparadas en la ley de trabajo. Toda mujer contratada en empresas públicas o privadas, se encuentra en el derecho de exigir su incapacidad por maternidad. De la misma manera, toda empresa pública o privada compareciente ante la responsabilidad social, está en el deber de evaluar y solventar, mediante los recursos de ley, todo lo referente al estado de embarazo en mujeres contratadas o registradas en nómina.
Cómo funciona
Toda mujer embarazada está en la posibilidad de atenderse con un médico particular o con el médico de la unidad de medicina familiar (UMF). Si el médico elegido por la embarazada es el de la UMF, el profesional debe hacer un seguimiento del embarazo y expedir un certificado único de incapacidad por maternidad con el que se avalará su estado de embarazo ante los directivos de la empresa donde trabaja. Si el médico seleccionado por la embarazada es el particular, solo debe asistir una sola vez ante el médico de la unidad de medicina familiar dentro de las 34 semanas de gestación monitoreadas por el médico particular. El médico en la de unidad de medicina familiar debe expedir un certificado de incapacidad por maternidad en esa ocasión en la que la visita se hace efectiva.
Cabe destacar que para que esto suceda no solo hace falta que la persona esté embarazada, sino que cumpla con los requisitos de registro y vigencia en la entidades autorizadas para el seguro social y los concerniente al amparo de personas en condición de embarazo. Luego del tercer día de expedido el certificado de incapacidad por maternidad, la persona en condición de embarazo puede asistir a los bancos y taquillas habilitadas para el pago de subsidios concernientes a la protección de mujeres embarazadas. También puede ser depositado a través de la nómina, solo si la empresa celebra el convenio de pago inmediato a subsidios de protección social. El único requisito que debe pedir al asegurado, incluso en el área de recursos humanos de la empresa, es el certificado de incapacidad por maternidad, la copia de la ”copia-asegurado” e identificación con fotografía vigente.
Derechos de una mujer incapacitada por maternidad
El plan de seguridad social para la incapacidad laboral, busca solventar en la medida de lo posible todas las necesidades que puede tener una mujer embarazada, tomando en cuenta todo lo que conlleva un embarazo y lo que esto puede significar para su estabilidad económica. Por esta razón, la incapacidad por maternidad incluye los siguientes beneficios por ley:
Todos estos costos de seguridad social serán pagados en el esfuerzo tripartito de las cotizaciones del trabajador en condición especial, el patrono y el estado a través de sus planes de protección social. Por esto es importante que todos sus trabajadores en nómina estén amparados ante los entes correspondientes para la protección social
Por qué es importante cumplir con esto
Casos como la maternidad, son situaciones especiales naturales de la condición humana. Cumplir con estas leyes demostraría el interés de la empresa y patronos por la protección de sus empleados y sus derechos de procrear. Todo esto generará una nómina de trabajadores seguros, confiables, satisfechos y amantes de sus puestos de trabajo, pues verían en sus puestos de trabajo una posibilidad de protección personal y familiar, desarrollando en ellos armonía para con la empresa y quienes la conforman.
Aspectos legales
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