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¿Cuáles son los tipos de contrato laboral existentes?

Tabla de contenidos

Cuando hablamos de un contrato laboral individual, no estamos frente a un simple documento firmado y archivado. Se trata de un acuerdo legal que compromete directamente al empleador y al trabajador, donde se fijan las reglas del juego desde el principio.

Nada se deja a la interpretación. Este contrato deja por escrito todo lo importante: qué tipo de trabajo es, cuánto tiempo va a durar, cuánto se va a pagar, en qué horarios se trabajará, qué beneficios incluye, qué responsabilidades trae consigo y, si hace falta, cualquier otra cosa que ambas partes acuerden desde el principio. Así, todo queda claro. Sin vueltas.

¿Qué es un contrato de trabajo?

En esencia, un contrato de trabajo se trata del documento que deja claro lo que cada parte debe cumplir: la empresa por un lado, el trabajador por el otro. Aunque parece algo básico, la realidad es que no siempre se le da la atención que merece. Y eso puede generar confusiones innecesarias. Este contrato es el punto de partida para que la relación laboral tenga orden desde el día uno.

¿Por qué es clave para las empresas?

Porque da orden, respaldo legal y evita dolores de cabeza a futuro. De entrada:

  • Aclara expectativas: Cada parte sabe qué le toca hacer y qué puede exigir.
  • Cierra riesgos legales: Ayuda a evitar conflictos que podrían escalar.
  • Respalda beneficios: Sirve como prueba para asegurar el cumplimiento de derechos laborales.
  • Formaliza la relación: Y eso cuenta a la hora de pagar impuestos y cotizaciones.

¿Qué es lo que debe contener un contrato laboral?

La Ley Federal del Trabajo no se queda corta con esto. En su artículo 20, la LFT define el contrato individual de trabajo como aquel por el cual una persona se compromete a prestar un servicio personal subordinado, a cambio de un salario.

Pero la cosa no se queda en la definición.

El artículo 25 exige que ese contrato esté por escrito (salvo que ya exista uno colectivo aplicable) y que haya dos copias: una para el trabajador y otra para la empresa. Nada de firmar y que se lo lleve el viento.

¿Y qué debe incluir?

  • Datos completos de quien contrata y de quien será contratado.
  • Tipo de contrato y relación de trabajo.
  • Servicios específicos que se prestarán.
  • Ubicación del servicio.
  • Duración de la jornada laboral.
  • Forma y monto de pago.
  • Día y lugar del pago.
  • Plan de capacitación, si aplica.
  • Vacaciones, prestaciones y demás elementos relevantes.

¿Cuántos tipos de contrato laborales hay?

Aquí vale la pena detenerse. No todos los contratos laborales son iguales, y cada uno responde a necesidades distintas. La LFT contempla diferentes opciones según duración, características del empleo, formalidad y condiciones específicas.

¿Cuáles son los tipos de contrato laboral?

Antes de elegir un formato, RRHH debe evaluar con lupa qué tipo de relación laboral se necesita establecer. Cada contrato tiene implicaciones legales y operativas distintas.

Contrato por obra o tiempo determinado

Este se usa cuando el trabajo tiene fecha de caducidad o depende de una tarea puntual. Perfecto para cubrir vacaciones, licencias o proyectos con fechas claras. Eso sí, debe estar justificado por la naturaleza del puesto. No es para usarlo a la ligera.

Contrato por tiempo indeterminado

Este tipo de contrato de tiempo indeterminado es el que ofrece mayor estabilidad. Es también el más deseado por quienes buscan continuidad. Suele incluir un periodo de prueba, y se establece sin una fecha final.

Periodo de prueba

Muy común en empresas que buscan asegurarse de que el candidato sí cumple con el perfil. La ley permite que este periodo dure hasta 30 días, y hasta 180 días si se trata de cargos técnicos o gerenciales. El salario, seguridad social y prestaciones deben pagarse igual durante este lapso.

Terminando el periodo de prueba, toca decidir si se mantiene la relación laboral. Y esa decisión debe basarse en hechos, no en percepciones.

Capacitación inicial

Este contrato sirve para quienes no tienen experiencia en el puesto, pero muestran potencial. Puede durar hasta 3 meses (o 6, en caso de puestos técnicos o de liderazgo). Ideal para formar talento interno en áreas clave. Eso sí, al término, la empresa debe tomar una decisión objetiva según el desempeño.

Importante: solo se puede usar una vez por persona y no puede extenderse más allá de seis meses.

Contrato por temporada

Este permite contrataciones por tiempo indeterminado, pero solo en ciertos momentos del año. Útil para empresas con picos de actividad estacional, como ventas de fin de año o temporada alta en turismo. El trabajador gana lo mismo en proporción a lo que trabaja, y tiene derechos plenos.

¿Cómo se clasifican los contratos de trabajo?

La ley divide los contratos en dos grandes categorías, que conviene tener claras desde RRHH:

  • Individuales: Entre empresa y trabajador. Muy común.
  • Colectivos: Entre empresa(s) y sindicato(s). Aplican a todo un grupo de trabajadores.

Ambos tienen implicaciones distintas, y deben usarse con base en la estructura y cultura de la organización.

¿Qué tipos de contratos hay con la nueva reforma laboral?

Desde 2019, la reforma laboral ha cambiado las reglas en varios aspectos clave. Y aunque algunas disposiciones siguen afinándose, hay temas donde ya no hay marcha atrás.

Contrato por tiempo indeterminado

Sigue siendo el más habitual. La reforma lo fortalece al garantizar mayor estabilidad y condiciones justas. Es una apuesta por relaciones laborales más duraderas.

Contrato por tiempo determinado

Se mantiene, pero bajo más lupa. Ya no es tan fácil renovarlo una y otra vez sin una razón clara. La idea es evitar abusos y precariedad.

Contrato por obra o proyecto

Solo si hay una justificación real detrás. Sirve para tareas específicas y termina al concluir la obra. No debe usarse como atajo para evitar un contrato fijo.

Contrato de capacitación inicial

Su uso se regula para evitar excesos. El enfoque está en ofrecer una experiencia real de formación. Nada de mantener a alguien meses sin formalizar su ingreso.

Contrato de prueba

Similar al anterior, pero con foco en evaluar desempeño antes de tomar una decisión de largo plazo. La reforma pone límites claros a su duración y uso.

Subcontratación: lo que sí y lo que ya no

Uno de los puntos más importantes de la reforma fue frenar el uso indiscriminado del outsourcing. Ya no se puede subcontratar personal que esté vinculado directamente con el objeto social o actividad principal de la empresa.

Lo que sí se permite:

Servicios especializados. Es decir, actividades que no formen parte de la operación principal de la empresa. Para ello, es obligatorio registrarse y contar con la autorización correspondiente.

Entre los cambios positivos que trajo la reforma:

  • Todos los trabajadores, incluyendo los subcontratados, deben estar inscritos en seguridad social.
  • Se refuerza el acceso a prestaciones como seguro médico y pensión.
  • Y se endurecen las sanciones para quienes no cumplan.

Todo esto está orientado a crear relaciones laborales más claras, estables y con reglas que protejan tanto al talento como a la operación empresarial.

Preguntas frecuentes 

¿Qué rol juega el departamento de Recursos Humanos en la elección del tipo de contrato laboral?

El área de recursos humanos cumple un rol estratégico en este tema. No se trata nada más de elegir un formato de contrato y ya, sino de asegurarse de que ese contrato haga sentido con lo que realmente necesita el negocio y que esté dentro del marco legal. Evaluar cuánto tiempo se requerirá el puesto, qué habilidades se necesitan y qué implicaciones legales hay, es parte del trabajo clave de recursos humanos en el proceso.

¿Cómo influye el proceso de selección de personal en la determinación del tipo de contrato a ofrecer?

La selección de personal no solo identifica talento. También ayuda a decidir si es viable ofrecer un contrato de planta, uno de capacitación o incluso por proyecto. Un perfil muy especializado probablemente amerite un contrato por tiempo indeterminado desde el inicio.

¿Qué aspectos de la NOM-035 se deben considerar al elaborar un contrato de trabajo?

Aunque la NOM 035 no se firma, su espíritu debe reflejarse en los contratos. El ambiente laboral, los horarios, las responsabilidades claras y el apoyo psicosocial deben ser parte del acuerdo. Todo esto ayuda a prevenir riesgos psicosociales y cumplir con la norma.

¿Cómo se relaciona la NOM-037 con los contratos de trabajo en trabajos a distancia?

Si hay home office o trabajo remoto, el contrato debe detallar claramente condiciones como: herramientas que se entregan, tiempos de conexión, medidas de seguridad y responsabilidades compartidas. La NOM 037 exige que se tomen en cuenta estos factores.

¿Qué importancia tiene el acta constitutiva de una empresa en la elaboración de contratos laborales?

Clave. El acta constitutiva define el objeto social de la empresa. Esto influye directamente en la legalidad del tipo de subcontratación que se puede o no aplicar. Una empresa no puede subcontratar lo que forma parte de su actividad principal. Así de claro.

¿Cuál es la relación entre el derecho laboral y la clasificación de los tipos de contratos de trabajo?

El derecho laboral es quien pone las reglas. Todos los tipos de contratos deben enmarcarse dentro de lo que establece la ley, y su clasificación tiene efectos legales concretos. Ignorarlo, desde RRHH, puede generar problemas serios.

¿Qué debe incluir un contrato de trabajo para asegurar un finiquito adecuado en caso de terminación del empleo?

El contrato debe dejar claro cómo se calcula el finiquito. Esto incluye: salarios pendientes, aguinaldo proporcional, vacaciones no gozadas, y otras prestaciones. Un contrato bien estructurado evita disputas y protege a ambas partes.

Consulta nuestra calculadora finiquito y calculadora aguinaldo.

¿Cómo se define la indemnización en un contrato por tiempo indeterminado en caso de despido injustificado?

En estos casos, la ley contempla una indemnización que incluye: tres meses de salario, 20 días por año trabajado y lo que quede pendiente del finiquito. Todo eso debe estar reflejado en el contrato, de forma clara y sin letra chiquita.

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