¿Qué movimientos debes avisar al IMSS?

Una de las obligaciones con las que cuenta todo patrón es la afiliación de sus trabajadores al IMSS. Al hacer esto, les está dando de alta y lo debe hacer con la información necesaria y verdadera. La alta, junto con la baja y las modificaciones son los movimientos que el patrón debe realizar de forma oportuna para que sus empleados se encuentren dentro de las normas establecidas. Hablemos de estos movimientos por partes:

La Alta

Se trata de la afiliación del trabajador al IMSS por parte del patrón. La Ley del Seguro Social (LSS) estipula que lo recomendable es dar el aviso de alta un día hábil antes del ingreso del trabajador; si éste no se presenta a laborar, entonces se dará de baja. Este es un trámite que puede hacerse desde la página de internet o bien, presentándose en el instituto.

La Baja

Es el momento en que el patrón rescinde la obligación para con el trabajador, ya sea por fin del contrato, despido o renuncia. Este movimiento puede llevarse a cabo el mismo día que se acuerde el fin de la relación laboral; el plazo máximo para realizarlo son 5 días hábiles.

Las Modificaciones

Son movimientos que se realizan para actualizar las cantidades que el trabajador recibe como salario. Existen dos clases: cuando el salario es fijo (se cuenta con un salario diario más prestaciones) y cuando el salario es variable (se reciben cantidades por comisiones de ventas).

Si el trabajador cuenta con un salario fijo, este puede cambiar ya sea porque se le dio un aumento, o porque las prestaciones aumentaron (la prima vacacional aumenta según los años trabajados). Esta modificación deberá realizarse dentro de un plazo de 5 días hábiles.

Si el trabajador percibe cambios en su salario variable (que puede tener diferencias según el resultado de las comisiones), el patrón deberá avisar dentro de los primeros 5 días hábiles del próximo bimestre. Los bimestres son en los meses de Enero, Marzo, Mayo, Julio, Septiembre y Noviembre.

¡Recuerda! El salario con el que se calculan los movimientos del IMSS es el Salario Base de Cotización (SBC) y se compone de estos elementos:

  • Días de vacaciones.
  • Prima vacacional.
  • Días de aguinaldo.

Por lo que en un ejemplo del trabajador con 1 año de antigüedad, su factor de integración para SBC es:

  • Salario Base de Cotización = (Ingreso anual total) / 365
  • SBC = 365 + 1.5 (prima vacacional) + 15 (aguinaldo) / 365
  • SBC = 381.5 / 365
  • SBC = 1.0452 (éste es nuestro factor de integración)

  • Tags:
  • Artículo
  • IMSS
  • Nómina

¿Te gustó el artículo? Regálanos un aplauso

¿Te gustó el artículo?
Regálanos un aplauso

57
Anterior:

Nómina

¿Cómo sobrevivir a una auditoría? Una de las obligaciones con las que cuenta todo patrón es ...
Siguiente:

Nómina

Requisitos para contratar un becario en México Una de las obligaciones con las que cuenta todo patrón es ...


This will close in 0 seconds



This will close in 0 seconds

This will close in 0 seconds



This will close in 0 seconds



This will close in 0 seconds



This will close in 0 seconds

This will close in 0 seconds

This will close in 0 seconds

This will close in 0 seconds

This will close in 0 seconds

This will close in 0 seconds

This will close in 0 seconds

Sólo un paso más



This will close in 0 seconds


This will close in 0 seconds

This will close in 0 seconds