Tabla de contenidos
- Las incapacidades y ausencias en el aguinaldo
- ¿Cómo saber si las incapacidades y ausencias afectan el aguinaldo?
- ¿Qué se considera suspensión laboral? (Art. 42 LFT)
- ¿Qué se considera licencia? (Art. 42 bis LFT)
- ¿Cómo puede recursos humanos gestionar las incapacidades para el cálculo correcto del aguinaldo?
- Preguntas frecuentes
El aguinaldo es un derecho laboral fundamental que los trabajadores esperan recibir al finalizar el año. Es una prestación que consiste en un pago equivalente a 15 días del salario al año y que debe ser entregado antes del 20 de diciembre. Sin embargo, surgen dudas sobre cómo las faltas e incapacidades pueden afectar el monto a recibir.
En este artículo, explicaremos cómo las incapacidades afectan el aguinaldo y cómo se puede descontar de un aguinaldo en caso de ausencia y diferentes escenarios.
Las incapacidades y ausencias en el aguinaldo
Para entender más a fondo cómo las incapacidades pueden afectar el aguinaldo, primero hay que definir que es cada cosa:
1. Aguinaldo: El aguinaldo es parte de las prestaciones obligatorias que los trabajadores en México tienen derecho a recibir al final de cada año. Consiste en el pago de al menos 15 días de salario, y su objetivo es brindar un apoyo económico adicional durante las festividades de diciembre. Este pago debe ser entregado antes del 20 de diciembre, y su monto puede variar dependiendo de los días trabajados durante el año.
2. Incapacidades y ausencias: Estos son periodos en los que el trabajador no presta sus servicios por motivos como enfermedad, maternidad, o permisos sin goce de sueldo. Estas situaciones pueden afectar el cálculo del aguinaldo, ya que no todos los días de incapacidad o ausencia son considerados como laborados. Dependiendo del tipo de incapacidad o ausencia, el aguinaldo puede verse reducido proporcionalmente.
¿Cómo saber si las incapacidades y ausencias afectan el aguinaldo?
Primero, se debe de considerar qué tipo de incapacidad es o el motivo de la ausencia. Para efectos del pago del aguinaldo, en el caso de las madres trabajadoras, la incapacidad por maternidad no debe ser descontadas ni considerarse como días no trabajados. Las vacaciones, el descanso laboral semanal, y las incapacidades por riesgo de trabajo se consideran como días laborados en el cálculo del aguinaldo.
Cuando surgen situaciones como las incapacidades por enfermedad general, los permisos sin goce de sueldo y alguna falta injustificada, estas pueden tener un impacto en el aguinaldo. Las faltas afectan el aguinaldo, ya que en estos casos específicos se permite descontarlas para el cálculo del aguinaldo, debido a que se suspende la relación laboral. Esto según lo indicado en el artículo 42 de la Ley Federal de Trabajo (LFT), a menos que el contrato laboral establezca lo contrario.
Además del ausentismo laboral mencionado previamente, existen otras razones por las cuales se puede considerar la suspensión temporal de la relación laboral y afectar el pago del aguinaldo. Estas están citadas en el artículo de la LFT. Estas circunstancias pueden incluir licencias o permisos específicos.
En estos casos, es fundamental revisar tanto lo estipulado en el contrato de trabajo como en la legislación vigente para determinar si se debe realizar algún descuento o ajuste en el aguinaldo que se descuenta del empleado en situación de suspensión temporal.
¿Qué se considera suspensión laboral? (Art. 42 LFT)
La suspensión laboral se refiere a la interrupción temporal de la realización de tareas subordinadas por parte del trabajador, lo cual conlleva a que la empresa deje de pagar su salario. Esto implica que el empleado no está obligado a llevar a cabo sus labores habituales y, de manera correspondiente, la empresa no tiene la obligación de dar una remuneración por sus servicios. Estas son las razones por las cual se considera suspensión laboral:
I. La enfermedad contagiosa del trabajador;
II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;
III. La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de la persona o de los intereses del patrón, tendrá éste la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél;
IV. El arresto del trabajador;
V. El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en el artículo 5° de la Constitución, y el de las obligaciones consignadas en el artículo 31, fracción III de la misma Constitución;
VI. La designación de los trabajadores como representantes ante los organismos estatales, Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y otros semejantes;
VII. La Falta (sic DOF 04-06-2019) de los documentos que exijan las Leyes y reglamentos, necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador;
VIII. La conclusión de la temporada en el caso de los trabajadores contratados bajo esta modalidad, y
IX. La licencia a que se refiere el artículo 140 Bis de la Ley del Seguro Social.
¿Qué se considera licencia? (Art. 42 bis LFT)
Según el Artículo 42 bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT) en México, se considera licencia a la suspensión temporal de labores otorgada al trabajador, ya sea con goce de sueldo o sin él, por diversos motivos establecidos en la legislación. Sin embargo, en casos específicos de contingencia sanitaria declarados por las autoridades competentes, se aplicará lo dispuesto en el artículo 429, fracción IV de la LFT.
El artículo 429, señala que durante una contingencia sanitaria que implique la suspensión de las labores, se podrán tomar medidas extraordinarias para proteger la salud de los trabajadores y evitar la propagación de enfermedades. Estas medidas pueden incluir la suspensión de las actividades laborales, tanto con goce de sueldo como sin él, dependiendo de las circunstancias y la normativa específica de cada caso.
Es importante tener claro que las incapacidades afectan el aguinaldo y que las faltas afectan el aguinaldo también. Es necesario estar al tanto de las incidencias y situaciones que pueden ocasionar la suspensión de la relación laboral, ya que esto puede repercutir en el cálculo del aguinaldo.
De esta forma, podremos obtener un importe correcto para el pago del mismo. En caso de que tengas preguntas adicionales acerca de este asunto, te recomendamos visitar la sección de preguntas frecuentes de la Procuraduría Federal del Trabajo. Por último, puedes consultar nuestra calculadora de aguinaldo aquí para calcular tu aguinaldo o el de tus trabajadores.