Tabla de contenidos
- ¿Qué son las percepciones?
- ¿Cuáles son las percepciones de un trabajador?
- ¿Cuáles son las percepciones dentro de la Ley Federal del Trabajo (LFT)?
- Tiempo extraordinario. Art 66, 67 y 68 LFT
- - Prima dominical. Art. 71 LFT
- - Descanso laborado. Art. 73 LFT
- - Festivo laborado. Art. 75 LFT
- - Vacaciones. Art. 76 al 79 y 81 LFT
- - Prima vacacional. Art. 80 LFT
- - Salario. Art. 82 al 89 LFT.
- - Salario mínimo. Art. 90 al 97 LFT
- - Indemnización 3 meses. Artículos 48, 50, 84 y 89 LFT
- - Indemnización 20 días por cada año de servicio. Art. 48, 49, 84 y 89 LFT
- - Aguinaldo. Art. 87 LFT
- - Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). Art. 117 al 131 LFT
- - Prima de antigüedad. Art. 162, 485 y 486 LFT
- - Comisiones. Art. 285 al 291 LFT
- Preguntas frecuentes
El trabajo está respaldado por un conjunto de leyes, y a su vez las leyes componen la Ley Federal del trabajo (LFT). La LFT es un instrumento legislativo que se encarga de dictar los derechos y obligaciones de ambas partes, para que empleador y empleado puedan estar protegidos bajo las normas de la ley, y con esto puedan desempeñar la actividad laboral de la mejor manera posible ambas partes.
Esta legislación establece lineamientos mínimos para los beneficios que el patrón debe otorgar al empleado por la prestación de un servicio personal subordinado, es decir, lo mínimo que le debe de dar por el trabajo que éste realiza.
De igual manera, los lineamientos dictan cómo se deben calcular estos beneficios para cada individuo que desempeña una actividad dentro de la empresa. Al momento de calcular la nómina, se pueden liquidar tanto las prestaciones mencionadas previamente y algunas otras que no se encuentran tipificadas dentro de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Al conjunto de ambas partes se les denomina percepciones.
En este artículo sólo veremos las percepciones contenidas dentro de la Ley Federal del Trabajo.
¿Qué son las percepciones?
Las percepciones son cualquier cantidad, ya sea en efectivo o en especie, que el trabajador recibe por parte del patrón. Esto es independiente de la causa que genere el pago, pero siempre se tiene que especificar dentro del recibo de nómina.
Es importante entender qué son porque:
- Forman la base del salario bruto. El total de percepciones es lo que se utiliza para calcular impuestos y deducciones de nómina.
- Son un derecho del trabajador. La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece cuáles son las percepciones mínimas obligatorias.
- Influyen en la satisfacción laboral. Un paquete de percepciones atractivo puede motivar y retener talento humano.
¿Cuáles son las percepciones de un trabajador?
En México, las percepciones de un trabajador son todos los ingresos que recibe por su trabajo. Esto incluye:
- Salario. La cantidad fija que se acuerda por el trabajo regular.
- Prestaciones de ley. Aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, etc., que son obligatorias para todos los patrones. (Visita nuestra calculadora prima vacacional)
- Horas extras. Pago adicional por trabajar más tiempo del establecido en el contrato laboral.
- Comisiones. Porcentaje de ventas o logro de objetivos.
- Bonos. Pago extra por desempeño, productividad o bono de puntualidad.
- Vales de despensa. Dinero electrónico para comprar alimentos y artículos de primera necesidad.
- Fondo de ahorro. Cantidad que ahorra el trabajador y que el patrón complementa.
- Reparto de Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). Parte de las ganancias de la empresa que se reparte entre los trabajadores.
- Otros. Cualquier otro ingreso como premios, ayudas de transporte, etc.
¿Cuáles son las percepciones dentro de la Ley Federal del Trabajo (LFT)?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) en México establece claramente qué ingresos se consideran percepciones laborales y cuáles son los derechos de los trabajadores en este aspecto. Las percepciones más importantes dentro de la LFT son:
Tiempo extraordinario. Art 66, 67 y 68 LFT
Es la extensión de la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias. Sus reglas en la LFT:
No puede exceder de 3 horas por día, ni más de 3 días a la semana. También es mejor conocido como tiempo extra doble, ya que su pago por hora es de 200%.
- Hora doble. Su pago será del 200%
- Salario diario. Cantidad que gana el trabajador por día. En este caso $207.44
- Horas de jornada diaria. Por Ley son 8 horas.
- La fórmula que se aplica es: (Hora Doble = Salario Diario / 8 (horas de jornada daria) * 2 (200%) ).
- Ejemplo: en un salario diario de $207.44 / 8 * 2 = $51.86 por cada hora doble.
Si excede la disposición anterior, la condena para el patrón, es pagar este tiempo excedente al 300% por hora, comúnmente llamado tiempo extra triple.
- Hora doble. Su pago será del 300%
- Salario diario. Cantidad que gana el trabajador por día. En este caso $207.44.
- Horas de jornada diaria. Por ley son 8 horas.
- Esta fórmula se compone de la misma manera, agregando el 3 -por el triple-: (Hora Triple = Salario Diario / 8 * 3 (300%)).
- Ejemplo: en un salario diario de $207.44 / 8 * 3 (300%) = $77.79 por cada hora doble.
Prima dominical. Art. 71 LFT
Prima adicional del 25% por lo menos, cuando los trabajadores presten servicio en domingo de forma habitual. Esto debido a que el legislador al momento de redactar la Ley, indicó que se debe procurar que el descanso semanal del trabajador, sea este día de la semana. Su fórmula es (Prima dominical = Salario diario * 0.25). Ejemplo, en un salario de $207.44 la prima dominical = $207.44 * 0.25 = $51.75 por cada domingo laborado.
Nota: para los trabajadores que de forma extraordinaria prestan su servicio en domingo, el patrón no está obligado al pago de esta prima dominical.
Descanso laborado. Art. 73 LFT
Cuando el trabajador presta sus servicios en su día de descanso laboral, se paga un salario doble. Fórmula (descanso laborado = Salario diario * 2). En un salario de $207.44, el descanso laborado = $207.44*2 * $414.88
Festivo laborado. Art. 75 LFT
Cuando el trabajador presta sus servicios en un día de descanso obligatorio por ley (días festivos), se paga un salario doble. Fórmula (festivo laborado = Salario diario * 2). Suele pagarse también como descanso laborado por su forma de cálculo. En un salario de $207.44, el festivo laborado = $207.44*2 * $414.88
Vacaciones. Art. 76 al 79 y 81 LFT
Estos son días de descanso para el trabajador con goce de salario de acuerdo con su antigüedad laboral. Su fórmula (Vacaciones = Salario diario * días de vacaciones). Ejemplo: Juan Pérez toma 12 días de vacaciones y su salario es de $207.44, el importe de vacaciones = $207.44 * 12= $2,489.28
Prima vacacional. Art. 80 LFT
Esta es la cantidad a pagar para los trabajadores cuando gozan de sus vacaciones. Como mínimo debe ser el 25% adicional sobre los salarios que corresponden durante el período vacacional. Su fórmula (Prima Vacacional = Salario diario * días de vacaciones * 0.25). Ejemplo: continuando con los datos del punto 5, la prima vacacional = $207.44 * 12 * 0.25 = $622.32
Salario. Art. 82 al 89 LFT.
El salario diario es cuando el salario se fije por semana, por mes, etc. se dividirá entre 7, 30 o según sea el caso (de acuerdo a su periodicidad). Ejemplo: Salario mensual = $6,223 / 30 = el salario diario es $207.44
Salario mínimo. Art. 90 al 97 LFT
El salario mínimo es la cantidad mínima que puede recibir un trabajador por sus servicios prestados en una jornada de trabajo. Sus importes para 2024 (Zona geográfica general: $248.93 y zona Libre de la Frontera Norte: $374.89).
Indemnización 3 meses. Artículos 48, 50, 84 y 89 LFT
La indemnización es el pago de 3 meses por despido injustificado. Su fórmula (Salario Diario Integrado (SDI) * 90). Ejemplo: en un salario integrado de 212.44, la indemnización 3 meses = 212.44 * 90 = $19,119.00.
Indemnización 20 días por cada año de servicio. Art. 48, 49, 84 y 89 LFT
Se presenta cuando se niega la reinstalación del trabajador por despido (normalmente por decisión de un juez durante un juicio). Su fórmula (Indemnización 20 días = antigüedad en años * 20 * salario diario integrado).
Aguinaldo. Art. 87 LFT
Gratificación que se entrega a los trabajadores por ley antes del 20 de diciembre de cada año. Se debe pagar como mínimo 15 días o la parte proporcional del tiempo trabajado durante el año (considerando desde el 1 de enero al 31 de diciembre).
Su fórmula (Aguinaldo = 15 días * Salario diario). Ejemplo, Juan Vega, quien trabaja desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, con un salario de $207.44; aguinaldo = 15 días * $207.44 = $3,111.60
Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). Art. 117 al 131 LFT
Si los resultados de la empresa arrojan utilidad en el ejercicio fiscal del año anterior, entonces se les deberá pagar a los empleados un porcentaje de esta según lo determina la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
El pago de la PTU, se deberá efectuar dentro de los 2 meses siguientes a la fecha en que se presenta la declaración anual de la persona moral. Lo común es que su límite se extienda hasta el 31 de mayo de cada año.
Prima de antigüedad. Art. 162, 485 y 486 LFT
La prima de antigüedad consiste en el pago de 12 días por cada año de servicio, cuando los trabajadores se separen del empleo por las siguientes causas:
- El trabajador ha cumplido 15 años de servicio en la empresa por lo menos.
- Despido justificado o injustificado.
- Muerte del trabajador (en este caso se pagará a sus beneficiarios).
- El salario que se tomará como tope para su cálculo son dos salarios mínimos del área geográfica del trabajador.
Ejemplo: Pedro López renuncia a la empresa con una antigüedad de 16 años, con un salario diario de $545.00. El importe de su prima de antigüedad se determina de la siguiente manera:
- Salario mínimo general: $248.93
- Doble del salario: $497.86
- Salario diario de Pedro López: $545.00
- Versus 2 veces salario mínimo: $497.86
- Dado que excede, se tomará como salario para el cálculo $497.86
- Entonces prima de antigüedad = (497.86 * 12 * 16) = $95,589.12
Comisiones. Art. 285 al 291 LFT
Una comisión es una prima (porcentaje normalmente) que se paga al trabajador sobre el valor de la mercancía vendida o colocada. Generalmente, el patrón tiene un tabulador donde las comisiones por venta son crecientes a medida que el empleado vende más. El objetivo de ello es otorgar incentivos a los empleados para incrementar su productividad y los resultados del negocio.
Entender las percepciones laborales es clave para cualquier trabajador mexicano. No solo le permite conocer sus derechos y asegurarse de recibir lo que le corresponde, sino que también lo empodera para tomar decisiones informadas sobre su carrera y finanzas personales.
El trabajador debe recordar que sus percepciones van más allá de su salario base. Incluyen prestaciones de ley como aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, así como posibles ingresos adicionales por tiempo extra, días festivos laborados o comisiones. Conocer la Ley Federal del Trabajo le garantiza que sus derechos sean respetados y le da las herramientas para defenderlos en caso de ser necesario.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se relacionan las percepciones y la remuneración?
Las percepciones son todos los ingresos que recibe un trabajador, incluyendo salario base, bonos, comisiones, aguinaldo, vacaciones, etc. La remuneración es el pago total que recibe un empleado por su trabajo, y se compone de las percepciones más las deducciones (impuestos, seguridad social, etc.). En resumen, las percepciones son un componente clave de la remuneración.
¿De qué manera se ven relacionadas la liquidación y las percepciones
La liquidación es el cálculo final de lo que se le debe a un trabajador al terminar su relación laboral. En este cálculo se incluyen todas las percepciones que no se le hayan pagado aún (salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, aguinaldo proporcional, etc.). Por lo tanto, las percepciones son un elemento fundamental en el cálculo de la liquidación.
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¿Cómo se reflejan las percepciones en el acta constitutiva?
El acta constitutiva de una empresa no suele detallar las percepciones de los empleados, ya que estas pueden variar según el puesto y el contrato individual de trabajo de cada trabajador. Sin embargo, el acta constitutiva puede establecer las bases para la remuneración de los empleados, como el salario mínimo que se pagará o la política de bonos y comisiones.
¿Qué relación hay entre las percepciones y los viáticos
Los viáticos son cantidades de dinero que se entregan a los empleados para cubrir gastos relacionados con su trabajo, como viajes, comidas o alojamiento. Los viáticos no se consideran parte de las percepciones, ya que no son una remuneración por el trabajo realizado, sino un reembolso de gastos. Sin embargo, los viáticos pueden estar sujetos a impuestos si superan ciertos límites.
¿Las percepciones tienen relación con la caja de ahorros?
Las percepciones pueden estar relacionadas con la caja de ahorros si el trabajador decide destinar una parte de su salario a esta institución. Las aportaciones a la caja de ahorros se descuentan de las percepciones del trabajador y se depositan en su cuenta de ahorros.
¿De qué manera impacta la NOM 035 en las percepciones?
La NOM 035 establece los requisitos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial en el trabajo. Si una empresa no cumple con la NOM 035, puede ser sancionada, y estas sanciones pueden impactar en las percepciones de los trabajadores, ya que la empresa podría tener que destinar recursos para cumplir con la norma en lugar de aumentar los salarios o otorgar bonos.
¿Existe relación entre el finiquito y las percepciones?
El finiquito es la cantidad de dinero que se le paga a un trabajador al terminar su relación laboral. El finiquito se calcula en función de las percepciones del trabajador, incluyendo salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, aguinaldo proporcional, prima de antigüedad (si aplica), etc. Por lo tanto, las percepciones son un factor determinante en el cálculo del finiquito.
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¿De qué manera impactan las percepciones en la cultura organizacional?
Las percepciones pueden tener un impacto significativo en la cultura organizacional. Un sistema de remuneración justo y equitativo puede fomentar la motivación laboral, el compromiso y la lealtad de los empleados.
Por el contrario, un sistema de remuneración injusto o desigual puede generar descontento, desmotivación y alta rotación de personal. Además, las percepciones pueden influir en la percepción que los empleados tienen de la empresa y de su valor como trabajadores.