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Home » Case Studies » Nómina » REPSE ¿qué es y cómo me registro?
Recordemos que según lo publicado el 23 de abril del presente año en la reforma a la ley federal del trabajo, en la que dentro de los cambios se estableció una obligación de acuerdo al artículo 13 de la ley federal del trabajo (LFT) de generar un registro ante la Secretaría de trabajo y previsión social (STPS) a todas las empresas que presten servicios u obras especializadas en la plataforma REPSE.
Todas las personas físicas o morales que ofrezcan servicios especializados u obras que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa contratante y que para otorgar estos servicios contratados se necesite que sus trabajadores se pongan al servicio de la empresa contratante este registro deberá renovarse cada 3 años.
Las empresas que deben inscribirse son aquellas que ponen a disposición del cliente a su personal para realizar una obra o servicio especializado, como ejemplo serian:
Ahora, las personas físicas que no se encuentran a disposición del cliente, es decir, abogados, contadores, ingenieros que realizan servicios desde sus propias oficinas no están obligados a este registro, así como proveedores que realizan productos en sus fábricas y solo realizan el envío al cliente final.
En cuestión de documentación y requisitos estos pueden variar dependiendo del giro de la empresa solicitante, sin embargo entre los principales son:
De acuerdo al artículo 15 de la LFT se deben de registrar las personas físicas y morales que:
Para proceder al registro deberá entrar a la página http://repse.stps.gob.mx y llevar a cabo los siguientes pasos:
En caso de hacer caso omiso a esta obligación no se podrán prestar los servicios especializados, la factura no será válida por lo que tus clientes no podrán realizar la deducción de impuestos sobre tu actividad, además de las respectivas sanciones.
De acuerdo a la LFT se impondrá una multa de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir alrededor de 179,240 hasta los 4,481,000 pesos mexicanos.
Además se puede considerar como una operación simulada, con la que podría ocasionar que la empresa caiga en esta lista, por lo que ninguna otra empresa considerara contratarte ni prestar servicios, sin mencionar que la empresa que subcontrata se convierte en responsable solidario.
Se deberá incluir este registro autorizado en todos los contratos que se celebren y verificar que estos correspondan a la actividad que se va a realizar, así como identificar por medio de imagen, gafete o código de identificación a los trabajadores que se encuentren subcontratados dentro del centro de trabajo del contratante.
Este número de folio se les indicará la fecha en la que ingresó la solicitud de registro determinada según el día hábil correspondiente, la etapa en la que se encuentra, y la fecha en la que deberá de recibir la respuesta correspondiente (20 días hábiles contados a partir del ingreso de la solicitud de registro).
La Secretaría a través de la Plataforma deberá pronunciarse respecto a la solicitud de registro dentro de los 20 días hábiles posteriores a la recepción de la misma a través de la Plataforma, dicho plazo comenzará a correr a partir de la recepción de la solicitud, para la cual se generará un folio de ingreso.
Una vez realizado el análisis de la documentación, así como el cumplimiento de todos los requisitos y requerimientos se emitirá el aviso de registro correspondiente que incluirá un número de folio por cada actividad del objeto social o constancia de situación fiscal registrada, el cual se hará de conocimiento al solicitante a través de los medios de comunicación establecidos.
Sí, el registro podrá ser cancelado en cualquier momento, por diversos motivos: prestar servicios que no estén registrados o que estos, formen parte del objeto social o actividad preponderante de la contratante, se acredite la existencia de adeudos firmes por créditos derivados por obligaciones fiscales o de seguridad social, dejar de cumplir con los requisitos del registro, transgredir la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación, negarse a atender algún requerimiento de la STPS o no realizar en tiempo la renovación del registro.
En caso de que se actualice cualquiera de los motivos ya señalados, la STPS, notificará a la persona física o moral para que en un plazo de 5 días hábiles manifieste lo que a su derecho convenga y dentro de este plazo se resolverá lo conducente.
Para más información, te dejamos esta GUÍA emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
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