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Home » Case Studies » Aspectos legales » ¿Qué es la sustitución patronal y cómo se hace?
Debido a la entrada en vigor de la ley de outsourcing, las empresas han tenido que realizar una serie de cambios en materia laboral. Los empleados que anteriormente estaban contratados por otro patrón han pasado directamente a la nómina de la empresa para la que trabajan.
El Artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) permite la sustitución patronal sin afectar las relaciones de trabajo. Esto significa que la empresa cambia de dueño o de empleadores, pero los contratos de los colaboradores, sus derechos, riesgos de trabajo y antigüedad se mantienen vigentes.
La sustitución patronal se realiza por medio de un escrito libre llamado “Convenio de sustitución patronal”, que debe presentarse ante el IMSS para notificar el cambio.
A continuación explicamos cómo influye en cada una de las partes involucradas en este proceso.
Cabe mencionar que la sustitución patronal se realizará cuando la migración de colaboradores subcontratados se haga necesaria, a partir de la reforma de outsourcing.
Esta sustitución se considera especial, puesto que no es necesario realizar otros movimientos en cuestión financiera o de activos, y solo se le notificará al trabajador que su patrón tendrá otra razón social, pero se le respetarán las prestaciones en especie o en dinero.
Cabe mencionar que, el empleado deberá firmar un acuerdo/contrato en donde se le notifique únicamente el cambio de patrón y las modificaciones de prestaciones en caso de ser mejoradas, ya que estas no pueden reducirse.
La empresa deberá notificar al trabajador este cambio de manera escrita. Además, todos los trabajadores deberán tener las mismas prestaciones en lo general para su deducibilidad, de acuerdo con la ley. También se le deberá aclarar que su antigüedad, así como los riesgos de trabajo de los asegurados que se transfieran serán respetados y no tendrán modificaciones.
En caso de que la empresa no desee absorber o contratar a algún trabajador, este deberá ser liquidado íntegramente, conforme lo dicta la ley.
Debido a la claridad que le brinda a ambas partes y a la disminución de problemas legales para la empresa. En caso de ser un sindicato, se recomienda que se realice la rectificación ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para obtener una mayor validez. También es necesario guardar la notificación firmada por los trabajadores para futuras revisiones por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
El convenio deberá contener la identificación de las empresas (denominación o razón social), datos de su escritura constitutiva, su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), registro patronal, correo, teléfono, dirección fiscal y datos personales de los apoderados o representantes legales. De igual forma se deben incluir los detalles del contrato colectivo, en caso de tener trabajadores bajo un régimen sindical, y el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).
También debe de incluirse a detalle las siguientes generalidades:
Se puede realizar el trámite en línea o en la subdelegación donde exista registro patronal, de lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas y se deberá presentar la siguiente información:
Visita la página del gobierno para obtener más información.
Aspectos legales
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