Finiquito o liquidación: Cómo se diferencian

Tabla de contenidos

  1. Qué es liquidación y finiquito
  2. Despido justificado e injustificado: cuándo aplican y diferencias
  3. Casos en los que la empresa no debe pagar liquidación
  4. Pagos que corresponden en caso de finiquito
  5. Pagos que corresponden en caso de liquidación
  6. Qué se descuenta del finiquito o liquidación

En el ámbito laboral es muy común que los términos finiquito o liquidación se confundan, o se usen indistintamente. Lo cierto es que se refieren a circunstancias diferentes. Veamos en qué consisten y por qué es importante que los trabajadores conozcan las diferencias.

Qué es liquidación y finiquito

En caso de renuncia voluntaria, el trabajador es acreedor al pago de su finiquito. Es decir, a la parte proporcional de las prestaciones que tiene derecho a recibir, conforme estipula la Ley Federal del Trabajo (LFT). 

Por otro lado, en caso de despido, el trabajador tiene derecho a una indemnización conocida como liquidación. Esta incluye los mismos conceptos del finiquito y otros tantos, que mencionaremos más adelante.

Despido justificado e injustificado: cuándo aplican y diferencias

Dejando de lado la renuncia voluntaria, existen dos escenarios a los que la ley hace referencia: el despido justificado e injustificado. El primero se refiere a las circunstancias en las que el patrón queda libre de indemnizar al trabajador, limitándose a pagar simplemente el finiquito.

El despido injustificado consiste en la rescisión de la relación laboral de forma unilateral, y sin que existan pruebas de que el trabajador cometió alguna de las causas que la ley indica que justifican el despido, sin responsabilidad para el empleador.

Según el artículo 46 de la LFT, el trabajador y el patrón pueden «rescindir en cualquier momento la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad».

Las causas de despido justificado que no implican responsabilidad para el trabajador son, de acuerdo con el artículo 51 de la LFT:

  • Cuando el empleador engaña al trabajador respecto a las condiciones de trabajo.
  • Cuando el patrón o sus familiares incurren en «faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento y/o acoso sexual, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador» o sus familiares.
  • En caso de una reducción salarial o incumplimiento del contrato laboral.
  • Cuando existan condiciones de riesgo a la salud y a la seguridad del trabajador o su familia.

Existen algunos casos que contempla la Ley Federal del Trabajo en los que la empresa no debe pagar liquidación, según el artículo 47: se trata del despido justificado sin responsabilidad para el patrón.

Casos en los que la empresa no debe pagar liquidación

  • Si el trabajador incurre en engaños respecto a su capacidad, aptitudes o facultades.
  • Cuando el trabajador «incurre en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa», en horario laboral o fuera de él.
  • Cuando el trabajador ocasiona «perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo».
  • Si acumula tres faltas injustificadas durante un periodo de 30 días, o bien, si al acudir al trabajo lo hace bajo el influjo del alcohol o drogas.

Cuando el trabajador incurre en alguna de estas faltas, pierde el derecho a recibir una liquidación.

Pagos que corresponden en caso de finiquito

Estos son los conceptos que contempla el pago del finiquito, conforme a la LFT.

  • Los días trabajados y no pagados a la fecha en que finaliza la relación laboral.
  • La parte proporcional del aguinaldo.
  • La parte proporcional de vacaciones y la prima vacacional.
  • La prima de antigüedad (en caso de que esté contemplada en el contrato laboral).
  • Otras prestaciones vigentes estipuladas en el contrato de trabajo, como podrían ser bonos, caja de ahorro, utilidades y otras.

Pagos que corresponden en caso de liquidación

La liquidación incluye los mismos conceptos que el finiquito, más los siguientes:

  • Tres meses de salario.
  • Prima de antigüedad, que equivale a 12 días por año trabajado.
  • Salarios vencidos y 20 días de salario por año trabajado (en caso de despido injustificado).

Qué se descuenta del finiquito o liquidación

Tanto en el caso del finiquito como la liquidación, el trabajador tiene que pagar el Impuesto sobre la Renta correspondiente. También existen descuentos como:

  • Adeudos de crédito Fonacot o Infonavit
  • Préstamos personales
  • Viáticos por comprobar
  • Pensión alimenticia

Es importante que los trabajadores conozcan las diferencias cuando hablamos de finiquito o liquidación, ya que de ello depende que puedan verificar que los patrones cumplan con lo que estipula la Ley Federal del Trabajo.

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